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La nueva ley de prevención de riesgos que prepara el Gobierno obligará a las empresas a evaluar el estrés, la carga de trabajo y la salud mental de los trabajadores

El anteproyecto incorpora de forma expresa los riesgos psicosociales y la salud mental en el trabajo y estará en consulta pública hasta el 8 de abril.

El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, y la ministra de Trabajo, Yolanda Díaz
El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, y la ministra de Trabajo, Yolanda Díaz |Europa Press
Lucía Rodríguez Ayala
Fecha de actualización:
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Evaluar el estrés laboral y evitar la hiperconectividad de los trabajadores podrían ser nuevas obligaciones para las empresas si se aprueba la reforma de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. El anteproyecto de ley, publicado el pasado 16 de marzo de 2026, se encuentra en fase de audiencia pública hasta el 8 de abril.

Entre los cambios más relevantes, el texto introduce de forma expresa los riesgos psicosociales dentro de la prevención de riesgos laborales. Esto significa que las empresas deberán evaluar y prevenir factores como el estrés, la fatiga mental, las jornadas prolongadas, los ritmos de trabajo elevados o la sobrecarga laboral, algo que hasta ahora no estaba recogido de forma tan clara en la normativa.

Además, la reforma pone el foco en los efectos de la digitalización en la salud de los trabajadores. En este sentido, refuerza el derecho a la desconexión digital, que pasa a integrarse dentro del derecho a una protección eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo.

Otro de los aspectos clave es la ampliación del concepto de daños derivados del trabajo. A partir de ahora, no solo se tendrán en cuenta los efectos físicos, sino también aquellos que afecten al ámbito cognitivo, emocional, conductual o social, lo que supone un avance en el reconocimiento de la salud mental dentro del entorno laboral.

La ley obligará a incluir la salud mental en la vigilancia de la salud de los trabajadores

El anteproyecto también introduce cambios en la vigilancia de la salud de los trabajadores. En concreto, establece que las empresas deberán garantizar tanto la salud física como la mental, teniendo en cuenta los riesgos asociados a cada puesto de trabajo.

No obstante, los reconocimientos médicos seguirán siendo voluntarios con carácter general, aunque deberán adaptarse a estos nuevos riesgos e incorporar también la evaluación de los aspectos psíquicos.

Cambio climático, nuevas tecnologías y adaptación del puesto de trabajo

La reforma no solo se centra en la salud mental. Otro de los puntos clave es la incorporación de los efectos del cambio climático como riesgo laboral. De esta forma, las empresas estarán obligadas a evaluar situaciones como fenómenos meteorológicos adversos o catástrofes naturales y a adoptar medidas preventivas.

Asimismo, la norma establece que las nuevas tecnologías deberán implantarse sin incrementar los riesgos laborales, especialmente aquellos derivados de la digitalización.

Por otro lado, se refuerza la obligación de adaptar el puesto de trabajo a las circunstancias personales del trabajador, especialmente en casos como el embarazo. En estos supuestos, la empresa deberá modificar las condiciones del puesto o, si no es posible, ofrecer uno alternativo sin pérdida de salario.

Un anteproyecto que todavía no es ley

Conviene tener en cuenta que se trata de un anteproyecto de ley, por lo que todavía no ha sido aprobado definitivamente. El texto se encuentra en fase de consulta pública hasta el 8 de abril, periodo en el que se pueden presentar alegaciones.

Una vez finalice este trámite, el Gobierno deberá aprobarlo en Consejo de Ministros y remitirlo al Congreso, donde comenzará su tramitación parlamentaria antes de convertirse en ley.