El Gobierno ha aprobado este martes, en Consejo de Ministros, el proyecto de Ley del ‘Estatuto de las personas en formación práctica no laboral en el ámbito de la empresa’, más conocido como el Estatuto del Becario. Una aprobación que se produce dos años después de que el Ministerio de Trabajo firmara y presentara esta norma con los sindicatos (sin la patronal) y que debe ser convalidado en el Congreso de los Diputados.
El objetivo de esta norma, que la ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, ha calificado como “la reforma laboral para la gente joven en España” es, por un lado, delimitar “las actividades formativas de las puramente laborales” y, por otro, determinar “el estatuto jurídico de las personas durante el tiempo que desarrollan dicha actividad formativa en el ámbito de la empresa”.
Dos fines que, en la práctica, suponen una ampliación importante de derechos para las personas becarias. Por ello, la ministra ha manifestado que se trata de “una norma que es muy controvertida”, porque “lucha contra la precariedad y cuando se lucha contra la precariedad, hay fuelles que se resisten”.
A través de estas delimitaciones, se busca acabar con irregularidades que se han producido de forma sistemática en el mercado laboral (y que Díaz directamente ha tachado de “abusos”), como la sustitución encubiertas de trabajadores de plantilla, la realización del mismo trabajo que el personal de la empresa, la falta de tutorización o la asignación de tareas que exceden el ámbito de la práctica.
Claves del Estatuto del Becario
Uno de los aspectos más importantes que incorpora la norma es que las empresas o las entidades donde se desarrollen las actividades formativas deberán compensar los gastos de los alumnos. Su cuantía, como mínimo, deberá “compensar” los gastos derivados de la actividad formativa, “como gastos de desplazamiento, alojamiento o manutención”.
La empresa no estará obligada a abonarla si existen otras becas o ayudas que los cubran. Asimismo, “esta compensación se entenderá resarcida por la puesta a disposición de la persona en formación práctica de todos los servicios necesarios o, en el supuesto de una formación práctica que lleve aparejada una asignación económica, cuando esta por sí misma, o unida en su caso a otras becas o ayudas, sea suficiente para su cobertura total”.
Otra cuestión muy importante es que se han limitado las prácticas curriculares y extracurriculares. En cuando a las curriculares (las que se realizan durante los estudios oficiales de grado, máster o doctorado), no podrán superar el 25% de las horas concretadas en los créditos ECTS de cada titulación. Un grado de 4 años, se compone de 240 créditos, por lo que estas prácticas no podrían superar los 60 créditos.
En cuanto a las extracurriculares (las que no forman parte del plan de estudios) que se desarrollan durante los estudios oficiales de grado, máster universitario o doctorado, no podrán superar el 15% de las horas que se concreten en los créditos ECTS de la titulación ni superar las 480 horas. Sin embargo, los títulos propios que tengan una duración mínima de 60 créditos ECTS tendrán la posibilidad de establecer prácticas por un periodo de 3 meses.
También se limita el número de personas en formación que pueden tener las empresas. De ese modo, los ‘becarios’ podrán suponer como máximo el 20% total de la plantilla. La excepción sería las pymes, que sí podrán contar con dos becarios sin atender a este porcentaje.
La norma también refuerza el sistema de tutorías, que deberán incluir “mecanismos de seguimiento y evaluación de los aprendizajes a realizar durante el periodo en empresa, que deberán incorporar la percepción de los propios interesados”. En último lugar, la norma recoge la posibilidad de poder combinar la formación en la empresa con el paro o el subsidio por desempleo.
Sanciones de hasta 225.000 euros
La norma también incluye una reforma de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS) para penalizar los abusos. En concreto, las sanciones serán de entre 120.006 y 225.018 euros en el caso de que se produzcan infracciones muy graves en su grado máximo; de entre 30.001 y 120.005 euros si son muy graves en su grado medio; y de entre 7.501 y 30.000 euros en su grado mínimo.
Debe convalidarse en el Congreso de los Diputados
La norma, al tener rango de ley, debe convalidarse en el Congreso de los Diputados, una aprobación que se presenta complicada. Ya no solo por la ruptura de Junts y el resto de partidos parlamentarios de la oposición, sino que incluso ha habido discrepancias dentro del propio Ejecutivo. Los rectores de la comunidad universitaria también criticaron que no se hubiera contado con su participación.

