
Al acabar una relación de trabajo, es posible que surjan distintas preguntas. Una de las más frecuentes es saber cuándo se tiene derecho a cobrar el finiquito. Lo más importante es no confundirlo nunca con la indemnización por despido. El motivo es sencillo: mientras que el finiquito siempre se debe abonar al trabajador, sin importar el motivo por el que finaliza el contrato laboral, la indemnización solo está ligada a unos despidos específicos.
Es decir, aunque un empleado decida por voluntad propia irse de la empresa, tiene derecho a cobrarlo. El procedimiento habitual es que la empresa entregue un documento de ‘saldo y finiquito’, donde se específica la cuantía a cobrar, detallando cada una de las cantidades que lo conforman (que se desgranan más adelante). No obstante, en caso de haber abandonado la compañía por decisión propia, hay que cumplir un preaviso.
Por lo general, se debe avisar a la empresa con 15 días de antelación, aunque puede variar dependiendo del Convenio Colectivo. De no respetar este plazo, la empresa podría descontar del finiquito los respectivos días en los que no se ha cumplido con este preaviso. Por ejemplo, si el periodo mínimo está fijado en 15 días y se avisa a la empresa con 10 días de antelación, podrían descontar 5.
Qué se incluye en el finiquito
El finiquito se compone de todas las cantidades que, hasta la fecha, la empresa adeuda al trabajador. En otras palabras, recoge todo lo que todavía no se le he pagado. En concreto, se tienen en cuenta los siguientes aspectos para calcularlo:
- Sueldo de los días trabajados desde que se recibió la última nómina hasta el último día trabajado en el que se finaliza la relación de trabajo.
- Parte proporcional de las pagas extra que no se ha cobrado.
- Días de vacaciones generados y no disfrutados. Las cotizaciones por estos también se suman a la vida laboral.
- Horas extraordinarias que se hayan realizado pero no cobrado.
- Otros pluses pendientes de abonar que recoja el convenio, como pueden ser los suplementos por objetivos.
Aunque es poco habitual, es posible que el finiquito salga con resultado negativo. Se daría cuando, por ejemplo, el empleado hubiera pedido días de vacaciones por adelantado y los hubiera disfrutado sin haberlos generado. También cuando hubiera solicitado un anticipo de la nómina y, posteriormente, hubiera decidido abandonar la empresa.
Qué hacer si la empresa no paga el finiquito
En caso de que la empresa no dé el finiquito, la primera opción sería comunicárselo por burofax, reclamando su pago. De no abonarlo o encontrarse sin contestación, se debe presentar una papeleta de conciliación. Si, aun así, la compañía hiciera caso omiso y no lo aceptase, al trabajador le quedaría poner una demanda por impago del finiquito ante el Juzgado de lo Social. Independientemente de la vía que se escoja, se tiene un plazo de un año para reclamar su cobro. Se empieza a contar desde el primer día en que la empresa tendría que haberlo pagado, que es aquel en el que finaliza la relación laboral.
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