
Despidos, disfrute de las vacaciones, abono del salario o la indemnización, denegación de permisos retribuidos… Son muchas las situaciones que pueden provocar un conflicto entre la empresa y el trabajador. Y, en todas ellas, antes de ir a juicio, se debe presentar una papeleta de conciliación. Es un paso obligatorio, como establece el artículo 63 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, que deben seguir todos los empleados que hayan sufrido una violación de un derecho laboral o fundamental en el trabajo antes de acudir a los juzgados. Pero, ¿de qué se trata?
La papeleta de conciliación es un documento escrito que se presenta para que, mediante un acto de conciliación, empresa y trabajador lleguen a un acuerdo. La intención es que no se tenga que presentar una demanda ante el Juzgado de lo Social (el siguiente paso si las partes no llegan a entenderse).
Sobre el plazo en el que se debe presentar, varía dependiendo del conflicto. Por ejemplo, en caso de despido se debe presentar en un plazo de 20 días hábiles desde que se rompió la relación laboral. No obstante, en todos los casos se recomienda presentarla en el menor tiempo posible.
Dónde se presenta la papeleta de conciliación
La papeleta de conciliación se debe presentar por escrito, por el trabajador o su representante, ante el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación (SMAC) de la comunidad autónoma que corresponda, si bien sus siglas pueden variar dependiendo de la comunidad. Por lo general, se permiten dos vías para hacerlo: entregando el documento presencialmente o por internet, a través de la Sede Electrónica del organismo.
Cabe señalar que, para hacerlo, no se necesita la presencia de un abogado, al igual que tampoco se requiere que esté presente en el acto de conciliación. No obstante, siempre es recomendable contar con el asesoramiento de un abogado, especializado en derecho laboral. Si hubiera que presentar un recurso ante un Tribunal de Justicia Superior o el Tribunal Supremo, entonces sí que sería obligatorio.
Qué debe incluir la papeleta de conciliación
No existe un modelo oficial de papeleta de conciliación, pero sí que debe contener una información mínima. Tal como explican desde el portal especializado ‘Cívica Abogados’, se trata de los siguientes:
- Datos identificativos, tanto del trabajador/a que presenta la demanda como del empleador o empresa contra la que la presenta: DNI, domicilio, CIF de la empresa y domicilio social, y número de teléfono.
- Descripción de la relación laboral de la persona trabajadora con la empresa: tipo de trabajo realizado, lugar donde se desarrolla, categoría profesional, tipo de contrato de trabajo, antigüedad, salario o el convenio colectivo que es de aplicación, entre otros.
- Descripción ordenada, clara y concreta de los hechos planteados y de la reclamación. Si se trata de la impugnación de un despido, hay que incluir la fecha de efecto (desde cuando dejamos de trabajar) y la causa por la que justificaron el mismo (si no dieron ningún motivo, especificarlo).
- Fecha y firma.
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