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Carrefour despide a una trabajadora de 61 años por llevarse una mochila promocional de una marca de cerveza y la Justicia dice que es procedente

El Tribunal Superior de Justicia de La Rioja confirma el despido disciplinario de esta empleada, que trabajaba como cajera y mintió al vigilante de seguridad al ser descubierta.

Dos trabajadores de Carrefour, de espaldas
Carrefour despide a una trabajadora de 61 años por llevarse una mochila promocional de una marca de cerveza y la Justicia dice que es procedente |Archivo
Berta F. Quintanilla
Fecha de actualización:
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El TSJ (Tribunal Superior de Justicia) de La Rioja ha confirmado el despido procedente de una trabajadora de 61 años de Carrefour que se llevó una mochila promocional de una marca de cervezas. La empleada decidió cogerla aunque no cumplía los requisitos para conseguirla, que eran gastar 20 euros en esta bebida. La sentencia apunta que fue una infracción laboral contraria a las normas internas de la empresa y constituía una falta muy grave.  

La empleada tenía un contrato indefinido a tiempo parcial desde el año 2004 (en el momento de los hechos llevaba 19 años trabajando en Carrefour). Su puesto era de cajera en un supermercado de un centro comercial, y en agosto de 2023 cogió una mochila promocional que se daba como regalo a los clientes y que formaba parte de una promoción. Ella no realizó esta compra obligatoria para conseguir el obsequio y se llevó la mochila al vestuario, saliendo del centro al final de su jornada laboral con ella al hombro.

Lo primero que hizo cuando el personal de seguridad le preguntó fue afirmar que la mochila no era suya, sino de su hijo pero 15 minutos más tarde volvió y confesó lo que había pasado, pidiendo perdón. 

Carrefour despidió a la trabajadora por una falta “muy grave”

Como aparece en la sentencia 204/2024, Carrefour envió un burofax a la empleada, argumentando que los hechos constituían un incumplimiento contractual muy grave, según marca el artículo 57 del convenio colectivo del sector de grandes almacenes (consultar en este BOE) y el artículo 54 del Estatuto de Trabajadores en el que se regulan los motivos por el que una empresa puede aplicar el despido disciplinario.

Según las normas internas de Carrefour, además, los productos promocionales sólo se pueden retirar con autorización expresa y dependiendo de que el proveedor los done. Este reglamento prohíbe expresamente la apropiación de muestras promocionales o artículos que estén destinados a clientes, aunque no tengan valor de mercado, como sucedió con esta mochila.

La trabajadora alegó que el despido era desproporcionado

La trabajadora no estaba conforme con el despido y presentó una demanda en la que pedía que se declarase como improcedente señalando que no hubo ocultación ni intención maliciosa y actuó convencida de que podía quedarse con la mochila, como había visto hacer a algunos compañeros.

Recurrió al Tribunal Superior alegando la aplicación del Convenio 158 de la OIT (Organización Internacional del Trabajo) sobre el derecho de defensa antes del despido. El TSJ desestimó estos argumentos señalando que no había quedado acreditado que esa práctica de llevarse productos promocionales estuviera tolerada por la empresa

Destacó que el comportamiento de la trabajadora había quebrado la confianza necesaria en su puesto de trabajo como cajera. También consideró que el valor económico de lo que se había llevado era irrelevante pero que había intencionalidad y ocultación inicial del hecho.

El TSJ consideró el despido como procedente

El Tribunal Superior de Justicia declaró el despido procedente a pesar de que la empleada tenía 61 años y una trayectoria sin incidencias. Señalaron que la rescisión del contrato era ajustada a derecho y desestimó la posibilidad de aplicar una sanción más leve.

La sentencia señala que aunque la empleada mostró arrepentimiento, este fue posterior y no bastó para anular el despido. Esta resolución puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo (TS) mediante un recurso de casación para la unificación de doctrina.