La vicepresidenta segunda del Gobierno y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, conseguido sacar adelante el “escudo laboral” con el que protege al máximo los derechos de los trabajadores afectados por la DANA. Entre las medidas aprobadas y que pueden consultarse en el Boletín Oficial del Estado (BOE) bajo el Real Decreto-ley 7/2024 se encuentra un permiso laboral retribuido, de carácter indefinido, con el 100% del salario y no recuperables, lo que permite a los empleados ausentarse del trabajo mientras dure la situación de emergencia y sin obligación de recuperar las horas. La Confederación Española de Organizaciones Empresariales (CEOE) por su parte, se ha mostrado contraria a la medida, argumentando que incrementa la carga sobre empresas ya afectadas por la catástrofe. Pero, ¿En qué consiste exactamente este permiso laborar retribuido?
Los artículos 42 y 43 del Real Decreto-ley publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) recogen las condiciones en las que los trabajadores podrán acogerse a este permiso laboral retribuido y no recuperable. Entre las causas justificadas, se incluye la imposibilidad de acceder al trabajo debido a restricciones de movilidad derivadas de la DANA, siempre y cuando no exista la posibilidad de teletrabajar. También se contempla el permiso para labores de limpieza y recuperación de bienes en el hogar o de documentación esencial, así como para situaciones de desaparición o fallecimiento de familiares, ampliando en este último caso el periodo de duelo hasta cinco días hábiles tras el sepelio. Asimismo, se prevé el derecho a ausentarse por deberes de cuidado de familiares o convivientes afectados, como en el caso del cierre de centros escolares o residencias. El decreto establece que estas ausencias tendrán la consideración de tiempo de trabajo efectivo, lo que garantiza la remuneración y cotización a la Seguridad Social de los días u horas no trabajados, sin obligación de compensación posterior por parte del empleado.
Estos derechos, según explica el punto 3 del texto legal “tendrán la naturaleza de permisos retribuidos no recuperables y el periodo comprendido entre el hecho causante inicial, aunque se hubiera producido con carácter previo a la entrada en vigor de este real decreto-ley”. Es decir, que además los trabajadores no tendrán la obligación de recuperar las horas, lo que garantiza la remuneración y cotización a la Seguridad Social de los días u horas no trabajados, sin obligación de compensación posteriormente por parte del empleado. Además, la medida tendrá carácter retroactivo previo a entrada de esta norma, con efecto desde que comenzó la DANA.
Trabajo advierte que durante el periodo en el que el trabajador haga uso de este permiso, cualquier acción desfavorable que tome la empresa en su contra será declarada nula. En otras palabras, si por ejemplo, la empresa decidiera despedir al trabajador, el despido como tal será declarado nulo. En este sentido, el decreto prohíbe despidos o sanciones derivadas del ejercicio de estos derechos de ausencia. Además, todas las faltas de puntualidad o interrupciones laborales motivadas por estas causas serán consideradas justificadas.
Además, para ayudar y favorecer a los trabajadores afectados por la DANA, el gobierno ha vuelto a lanzar el Plan Mecuida (utilizado en la época del Covid-19) para permitir que los trabajadores puedan adaptar o reducir su jornada hasta el 100% para atender a familiares en circunstancias derivadas de la DANA. Ahora, hay que señalar que este derecho, requiere de una negociación previa entre el trabajador y la empresa, de modo que la reducción horaria será proporcional al salario y se adaptará a las necesidades de ambas partes.
CEOE contraria a la medida
Por su parte, el presidente de la CEOE, Antonio Garamendi, ha criticado duramente esta medida, argumentando que no se ha negociado con los representantes empresariales en un momento en el que muchas compañías han quedado “arruinadas” económicamente. Garamendi acusa al Gobierno de hacer política de una auténtica desgracia, mientras que Yolanda Díaz ha defendido la medida y pide a Garamendi “empatía”.
Otras noticias interesantes
-
Nueva prestación para las empleadas de hogar afectadas por la DANA, confirmada por Yolanda Díaz
-
Las empresas en ERTE con ayudas directas por la DANA que despidan tendrán que devolverlas
-
Los pensionistas afectados por la DANA que cobren una pensión no contributiva recibirán una paga extra
Lo más leído
-
Trabajo confirma una multa de 7.500 euros por cada trabajador al incumplir con el registro horario
-
Una empleada de Mercadona no consigue la indemnización tras su baja por incapacidad temporal al considerar que no hubo despido
-
Revisa tu nómina: los dos datos que debes comprobar para saber si cobras lo que te corresponde
-
Precio de la luz por horas mañana, 13 de noviembre: cuándo es más barata y cara
-
Una empleada de Mercadona vuelve de una incapacidad temporal, se niega al cambio de horario, la despiden y este es nulo por el Tribunal Supremo
-
El SEPE denegará el subsidio para mayores de 52 años a los desempleados que no hayan cotizado al menos 6 años por desempleo