En plena campaña electoral por las elecciones del 23 de julio, surgen curiosidades no solo relacionadas con los candidatos a ocupar la Presidencia del Gobierno de España, sino también sobre la política en general. Una de ellas es conocer el salario que reciben todos ellos, pero también las retribuciones del resto de órganos políticos, como el sueldo de un diputado en España.
Hay que recordar que los diputados conforman la Cámara Baja de las Cortes Generales, que es el órgano constitucional que representa al pueblo español, donde se reúnen todos los partidos políticos y se realiza la aprobación de leyes o la convalidación o derogación de Decretos-Leyes.
Atendiendo a estas labores, es normal sentir cierta curiosidad por saber cuál es el salario de un diputado en España, especialmente después de la aplicación de su última subida salarial, que fue aprobada el año pasado y ejecuta este 2023. Todos los diputados, cobran el mismo sueldo base, pero se añaden importantes pluses dependiendo del cargo que se desempeñe dentro del Congreso. A continuación, se puede consultar el listado completo.
¿Cuánto es el salario de un diputado en España?
Los sueldos de los diputados en España están publicados en el Portal de Transparencia del Congreso de los Diputados y están sometidas al régimen general de retención y tributación fiscales. Dicho esto, un diputado gana 3.126,89 euros brutos al mes de base, siendo la misma asignación para todos y la que se fijó para este 2023. No obstante, este no es su salario final.
A esta base, hay que sumar las ayudas que se recogen en el artículo 8.2 del Reglamento del Congreso de los Diputados (RCD). Son las siguientes:
- Indemnización. Los diputados electos por Madrid reciben 958,75 euros, mientras que los electos por otras provincias cobran un plus de 2.008,61 euros.
- Transporte. El Congreso de los Diputados cubre los gastos de transporte en medios públicos (avión, tren, automóvil o barco) que realicen los mismos, así como los gastos derivados del aparcamiento en las estaciones de tren y aeropuertos.
- Gastos en viajes oficiales. Reciben dietas por los desplazamientos que tengan que realizar por viajes oficiales autorizados por la Mesa. Es de 150 euros por día para los viajes al extranjero y de 120 euros diarios para aquellos en el territorio nacional.
Estos complementos son comunes en todos los diputados. Por ende, realmente el sueldo sería el siguiente: 4.085,64 euros mensuales, para los electos por Madrid, y de 5.135,5 euros mensuales para los electos por otras provincias. Al año, cobrarían 57.198,96 y 71.1897 euros anuales respectivamente. Sin embargo, algunos, dependiendo de su cargo, cobran otros pluses adicionales.
Complementos de los diputados según su cargo
A lo anterior, se deben sumar los complementos mensuales que reciben determinados diputados por la función que desempeñan en la Mesa. Estos son los pluses salariales según el cargo ocupado en el Congreso de los Diputados:
Presidente/a
- Complemento miembro de Mesa: 3.421,04 euros.
- Gastos de representación: 3.714,99 euros.
- Gastos libre disposición: 3.045,96 euros.
Vicepresidentes
- Complemento miembro de Mesa: 1.346,50 euros.
- Gastos de representación: 1.125,23 euros.
- Gastos libre disposición: 787,12 euros.
Secretarios
- Complemento miembro de Mesa: 1.051,35 euros.
- Gastos de representación: 911,08 euros.
- Gastos libre disposición: 754,01 euros.
Portavoces
- Gastos de representación: 1.938,25 euros.
- Gastos libre disposición: 1.031,15 euros.
Portavoces adjuntos
- Gastos de representación: 1.582,93 euros.
- Gastos libre disposición: 736,05 euros.
Presidentes de Comisión
- Gastos de representación: 1.590,37 euros.
Vicepresidentes de Comisión
- Gastos de representación: 1.162,76 euros.
Secretarios de Comisión
- Gastos de representación: 775,18 euros.
Portavoces de Comisión
- Gastos de representación: 1.162,76 euros.
Portavoces adjuntos de Comisión
- Gastos de representación: 775,18 euros.
Cuánto cobra un diputado cuando deja de serlo
Otra pregunta recurrente es conocer cuánto cobra un diputado cuando se jubila. Lo primero que hay que señalar es que no reciben ninguna paga vitalicia, sino una especie de “paro”, según su condición. Oficialmente, se conoce como la indemnización por cese en la actividad parlamentaria y para poder cobrarla se debe haber permanecido en el cargo durante al menos dos años.
La cuantía que se recibe por la misma equivale a un mes del sueldo por cada año de mandato o fracción superior de 6 meses, hasta un máximo de 24 mensualidades. Es decir, como máximo se puede estar cobrando durante dos años. Esta indemnización es incompatible con cualquier otra retribución, ya sea pública o privada.
Asimismo, también existe una ayuda económica de las Cortes Generales, que se proporciona a los parlamentarios durante el período de transición que se produce entre la disolución de las Cámaras hasta la constitución de las mismas tras las elecciones. Son los propios parlamentarios los que deben solicitarla, mientras que las Mesa es la que autoriza quién puede cobrarla y su cuantía.
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