Cuándo prescriben las sanciones laborales

Si han pasado más de seis meses desde que se cometió la falta, la empresa ya no puede iniciar el procedimiento sancionador.

María Jose Martínez

Las sanciones laborales tienen un papel muy importante en la regulación del comportamiento del trabajador. Para que una empresa pueda sancionar a un empleado es necesario que esa falta esté reflejada en el convenio. El plazo para que prescriba una sanción depende de la gravedad, de 10 a 60 días.

Hay que saber que si el comportamiento no está recogido en el Convenio Colectivo no podrá ser sancionado. Y no solamente eso, sino que también tienen que estar registradas las consecuencias del acto.

Cuánto tardan en prescribir las sanciones laborales de un trabajador

El artículo 60 del Estatuto de los Trabajadores establece cuáles son los plazos de prescripción de las sanciones laborales.

  • Faltas leves: prescriben a los 10 días.
  • Faltas graves: finalizan a los 20 días.
  • Faltas muy graves: prescriben a los 60 días.

Estos días se empiezan a contar desde la fecha en la que la empresa se enteró de la infracción, y como mucho, a los seis meses de que se haya cometido. Es decir, que pasando este tiempo no podrán tomar medidas.

Estos plazos interrumpirse cuando:

  • La empresa esté obligada a hacer un expediente contradictorio.
  • Si el trabajador es detenido o entra en prisión.

En el caso de las que se haga por parte del empresario, prescriben conforme a lo que establece la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social.

Qué es una sanción laboral

Una sanción laboral es una medida disciplinaria que emprende la empresa contra el trabajador por haber tenido una mala conducta, haber desobedecido o sido indisciplinado. Los hechos que pueden ser sancionados o no deben aparecer en el convenio colectivo del contrato, o en el Estatuto de los Trabajadores. En caso contrario, no podrá ser efectiva la sanción.

Cuando a un empleado le ponen una amonestación, siempre puede recurrirla ante la Justicia.

¿Cuándo puede sancionarte tu empresa?

El Estatuto de los Trabajadores recoge que un empleado puede ser sancionado por la dirección en función del grado de la falta, y las sanciones que establezcan las disposiciones legales, o en el convenio colectivo que se aplique en su contrato laboral. El nivel de gravedad y el tipo de sanción siempre se puede revisar por la jurisdicción social.

Existen tres tipos de faltas:

  • Faltas leves.
  • Faltas graves.
  • Faltas muy graves.

En los dos últimos casos, se debe comunicar al empleado por escrito. Debe aparecer la fecha de los hechos y las causas por las que han tomado esa decisión. Si hay comité de empresa o delegado sindical deben ser informados de la situación cuando es una falta muy grave.

Cómo puede amonestarte la empresa

El Estatuto de los Trabajadores dice que estas amonestaciones nunca pueden ser reducir las vacaciones del empleado, ya que son un derecho, ni una multa. Las más comunes son las siguientes: 

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