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Un asesor del SEPE confirma que los mayores de 52 años pueden cobrar un subsidio de forma indefinida si cumplen este requisito

El subsidio para mayores de 52 años puede cobrarse de manera indefinida siempre que se cuente con 15 años cotizados de los cuales al menos 6 años sean por desempleo.

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Fernando Maján |MadridTrabaja
Francisco Miralles
Fecha de actualización:
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Cuando un trabajador se queda sin trabajador tiene la posibilidad de solicitar al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) la prestación contributiva por desempleo (más conocida como el paro) o un subsidio (que son las ayudas asistenciales). Todas estas prestaciones tienen una duración limitada, salvo una, el subsidio para mayores de 52 años, que se puede cobrar de manera indefinida hasta encontrar un nuevo trabajo o llegar a la edad legal de jubilación.

Esta ayuda es diferente al resto tanto en lo económico como en los beneficios que aporta. Por un lado, es el único dentro de los subsidios que cotiza para la pensión de jubilación, haciéndolo por el 125% de la base mínima de cotización. Es decir, que, por ejemplo, para este 2025 lo hace por una base de 1.726,5 euros al mes.

En cuanto a la cuantía, si bien es cierto que con la reforma de 2024 llevada a cabo por el Ministerio de Trabajo, liderado por Yolanda Díaz, se incrementó la cuantía de los subsidios de forma inicial hasta el 95% del IPREM, en caso de la ayuda para los desempleados mayores de 52 años no ocurre lo mismo y esta sigue siendo fija y por un importe del 80% de IPREM, que actualmente son 480 euros al mes.

Ahora, así como tiene unos beneficios económicos notables con respecto a otras ayudas, también es necesario cumplir una serie de requisitos específicos. En este sentido, Fernando Maján, asesor de la subdirección general de Prestaciones del SEPE, ha explicado en el consultorio del programa MadridTrabaja de Onda Madrid los puntos más destacados de esta prestación.

Cobrar el subsidio para los mayores de 52 años

En el programa, Maján responde a una duda de una trabajadora, la cual va a cumplir los 55 años y después de llevar un año sin encontrar trabajo se pregunta si puede cobrar el subsidio para mayores de 52 años. Maján explica que “no solamente por tener la edad y por tener años cotizados puedes acceder al subsidio para mayores de 52 años”. “La norma establece que requiere primero haber agotado una prestación contributiva o acreditar una situación legal de desempleo”, continúa diciendo. Para esta última, es necesario haber cotizado por desempleo al menos 90 días.

Esto es así y de hecho, la misma web del SEPE lo explica. En otras palabras, que si tenemos derecho a paro, primero hay que agotar esta ayuda y si no tenemos derecho, entonces, hay que acreditar la situación legal de desempleo. En el caso de agotar el paro se puede pedir el subsidio por agotamiento de la prestación contributiva (lo que antiguamente era la ayuda familiar o el de mayores de 45 años) y este se transformará en el de 52 años.

Además de estas situaciones, este asesor del SEPE explica que hay otra más y es “si en el momento en el que se produzca el agotamiento de la prestación o bien en la situación legal de desempleo no tenías 52 años, pero te mantienes inscrito ininterrumpidamente desde esa situación hasta que cumplas 52 años, ahí puedes solicitar el subsidio para mayores de 52 años y vas a acceder a él sin ningún problema”. Es decir, que te puedes por así decirlo “apuntar” sin cumplir con el requisito de edad para empezar a cobrarla una vez tengas los 52 años.

Por otro lado, señala que hay que cumplir tres condiciones. La primera es que “las rentas propias no pueden superar el 75% del Salario Mínimo Interprofesional y además requiere también seis años cotizados a desempleo”. En 2025, son 888 euros.

Por otro lado, hay que cumplir con los requisitos para acceder a la pensión contributiva de jubilación, salvo la edad, es decir, tener 15 años cotizados. Y más desconocido, es tener al menos 6 años de cotizaciones por desempleo. Es desconocido, porque muchos trabajadores no saben que no todos los trabajos cotizan para el desempleo, mientras que todos los trabajos sí cotizan para la Seguridad Social.