Si un hermano no quiere vender la vivienda heredada de los padres, ¿pueden obligarle?

Para vender una vivienda todos los propietarios tienen que estar de acuerdo, solo hay un caso en el que los herederos pueden obligar a otro a vender la casa.

Hermanos discutiendo por una vivienda heredada
Si un hermano no quiere vender la vivienda heredada de los padres, ¿pueden obligarle? istock
Lucía Rodríguez Ayala

Que varios hermanos reciban en herencia la vivienda familiar propiedad de sus padres cuando estos fallecen es una situación de lo más común. Una vez recibida entre los herederos deben decidir qué hacer con la vivienda, en muchas ocasiones optan por venderla, pero¿qué pasa si uno de ellos no quiere venderla? 

Lo primero es aclarar que un hermano únicamente podría obligar a otro a vender, según explican desde el Consejo General de Notariado, si ejercita la llamada acción de división y para ello habrá que acudir a los Tribunales. El proceso termina en la mayoría de casos con una subasta de la vivienda y dividiendo el dinero entre los herederos. 

Llegar a los tribunales debería ser el último paso, antes de esto hay otras soluciones a tener en cuenta en el caso de haber heredado una vivienda entre los hermanos y que algunos de ellos no quiera vender 

Qué hacer si uno de los hermanos no quiere vender la vivienda heredada

Para vender una vivienda es necesario que todos los propietarios estén de acuerdo, ya que tendrán que firmar la escritura de compraventa ante notario en el momento en que se formalice la operación. Es por esto que si alguno de ellos se niega, la operación no podría salir adelante, pero hay algunas alternativas en el caso de que alguno de los herederos no quiera vender: 

Que el hermano que no quiere vender se quede con la vivienda

Para ello tendrá que pagar al resto de los herederos la parte del precio que les corresponda, tal y como estipula el artículo 1.062 del Código Civil, ahora bien, este mismo artículo establece que “bastará que uno solo de los herederos pida su venta en pública subasta, y con admisión de licitadores extraños, para que así se haga” 

Conciliación entre herederos 

Se trata de llegar a un entendimiento a través de un mediador con el fin de tener que llegar a los Tribunales, según establece la Ley de Jurisdicción Voluntaria en su artículo 139.1. 

Este proceso puede resolverse de tres formas

  • Que se llegue a un acuerdo
  • Que se llegue a un acuerdo, pero que no se llegue a cumplir tras la resolución, para lo que habrá que recurrir a la justicia para que lo haga efectivo
  • Que no se llegue a un acuerdo y finalmente se tenga que acudir a juicio. 

Subasta voluntaria 

En este caso, si hay acuerdo a la hora de querer vender la vivienda, el problema entre los herederos reside en que no se ponen de acuerdo en el precio de venta de la misma. Estas subastas están reguladas por la Ley de Jurisdicción Voluntaria. 

Los herederos tendrán que presentar una solicitud en el Juzgado en la que se debe incluir el valor de tasación de la vivienda. Tras la subasta, el proceso puede resolverse con la adjudicación al precio que se estableció, o puede ocurrir que no se llegue a ese precio, y los herederos tengan que decidir si se para la subasta o aceptan el precio ofrecido. 

Venta proindiviso 

Esta alternativa consiste en que los herederos que quieran vender transmitan su parte a una empresa que los compre.

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