Las herencias a menudo llegadas generar conflictos entre los herederos, uno de ellos y muy común cree cuando se hereda la vivienda familiar entre varios hermanos. Alguno deciden vender, otros alquilar, pero el problema se crea cuando no se llega a un acuerdo entre todos. En el caso de que decida ponerse a la venta, y uno de los hermanos no quiera ¿pueden obligarle el resto y que la casa se termine vendiendo?
Aunque a priori para vendar una vivienda hará falta que todos los propietarios de la casa estreno de acuerdo y firmen la compraventa de la misma, existe un caso en el que pese a la negativa de uno de los hermanos, el resto puedan obligarlo a realizar la operación.
Se trata de la conocida como acción de división, que viene contemplada por el Código Civil y que según explican desde el Consejo General de Notariado es la única forma de obligar a vender al hermano que se niega. Hay que tener en cuenta que para llevar a cabo este proceso habrá que llegar a los tribunales para que se extinga el condominio de la vivienda.
En la mayoría de casos se termina con la subasta de la vivienda y el posterior reparto del dinero entre los herederos, pero también según la Ley de Enjuiciamiento Civil prevé que se adjudique el inmueble a uno de los copropietarios (en este caso el hermano que no quiere vender) y que tendría que pagar a cada hermano su parte.
Alternativas si uno de los hermanos no quiere vender la vivienda heredada entre varios
Pese a que existe esta alternativa propuesta por el Consejo de Notarios, llegar a los tribunales debería ser la solución última. Antes los herederos pueden optar por las siguientes alternativas:
El hermano que no quiere vender puede comprar la vivienda
El artículo 1.062 del Código Civil, prevé que “cuando una cosa sea indivisible o desmerezca mucho por su división, podrá adjudicarse a uno, a calidad de abonar a los otros el exceso en dinero”. Esto implica que si uno de los herederos no quiere vender, en este caso podrá comprar la totalidad de la vivienda pagando a cada uno de los hermanos la parte que le corresponde.
Hay que tener en cuenta que este mismo artículo que cualquiera de los herederos podría también pedir “su venta en pública subasta, y con admisión de licitadores extraños”.
Llegar a un acuerdo a través de un mediador
La siguiente alternativa en el caso de que los hermanos no lleguen a un entendimiento sobre qué hacer con la propiedad heredada es acudir a un mediador. Este tratará de conciliar las diferentes posiciones de los hermanos, en este caso, sin tener que llegar a los tribunales.
Así queda recogido en la Ley de Jurisdicción Voluntaria, y es un proceso que puede resolverse de diferentes formas:
- Con un acuerdo entre las partes que sea cumplido tal cual se ha pactado.
- Con un acuerdo entre las partes que finalmente no sea cumplido. En este caso habría que recurrir a la justicia para que el heredero que ha incumplido lo haga efectivo.
- No llegar a un acuerdo, y tener que llegar a los tribunales para ejecutar la mencionada acción de división.
Venta proindiviso
Otra de las alternativas que tienen los herederos si uno de ellos se niega a vender, es que el resto lo haga únicamente con su parte. Es decir, si hay 4 hermanos y cada uno tiene el 25% de la vivienda, aquellos que si quieren vender podrían hacerlo únicamente con el porcentaje de la propiedad que les corresponde.
Esto es lo que se conoce como venta proindiviso, y suele realizarse en casos de herencias en las que no se llega a un acuerdo. Para ello hay que encontrar un comprador que quiera adquirir una parte únicamente de la vivienda, algo que suele ocurrir con empresas que se dedican a la realización de dichas operaciones.
Qué pasa si todos los hermanos quieren vender, pero no hay acuerdo en el precio
Otro caso muy habitual es que entre los herederos se decida vender la propiedad, pero no se llegue un consenso sobre el precio. En estos casos, se suele recurrir a solicitar una tasación de la vivienda para que oriente con el valor que puede tener el bien.
Si pese a ello no hay consenso, la Ley de Jurisdicción Voluntaria, también prevé las subastas voluntarias. Para ello habrá que realizar la solicitud en el Juzgado incluyendo una tasación, por eso es interesante realizarla previamente.
Tras realizar la subasta, pueden darse varias situaciones:
- Que aparezca un comprador que ofrezca el precio establecido.
- Que aparezca un comprador, pero que ofrezca un importe por debajo del precio marcado. En esta situación los herederos deberán decidir si aceptan la oferta obtenida o paran la subasta.
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