
Cuando fallece un familiar a los herederos les surgen ciertas dudas sobre el reparto de la herencia. Una muy habitual es la de conocer todos los bienes de la persona, sobre todo en el caso de que el mismo no hubiera otorgado un testamento. Esta tarea, que puede parecer complicada, puede solucionarse de forma sencilla haciendo algunos trámites en diferentes administraciones.
Lo más común será que los herederos comprueben cuentas bancarias, viviendas o bienes inmuebles, seguros, coches e incluso derechos agrícolas que el difunto pudiera tener a su nombre.
Hay que tener en cuenta que para poder realizar cualquier tipo de trámite para conocer los bienes de los que era titular el fallecido, habrá que disponer de alguna documentación, como el certificado de defunción, testamento o declaración de herederos.
Cómo pueden los herederos localizar los bienes de un fallecido
Dependiendo de tipo de bien que se quiera localizar, habrá que acudir a diferentes administraciones con la documentación antes mencionadas. Así pueden encontrarse cada uno de ellos, según explican los abogados expertos en herencias del portal especializado ‘Todo sobre Herencias’.
Bienes inmuebles
En el caso de bienes como viviendas, trasteros, garajes, etc. puede que ocurrir que estén o no registrados en el Registro de la Propiedad.
En el caso de que sí estén registrados, habrá que acudir al mismo y solicitar una nota de localización de los bienes. Si es necesario, también se podrán solicitar las notas simples de cada uno ellos. Estas gestiones se podrán realizar tanto de forma presencial como online.
Si los bienes no están registrados en el Registro de la Propiedad, para localizarlos habrá que acudir el Catastro, donde habrá que solicitar un listado de bienes a nombre del difunto. En él se podrá solicitar también una certificación catastral que refleja datos como la situación del bien y los linderos, además de los recibos de IBI.
Cuentas y otros productos bancarios
Como en la situación anterior, puede ocurrir que se conozcan todas las cuentas del fallecido o que se desconozcan.
En el caso de tener documentación o recibos de las cuentas bancarias, planes de pensiones y otros productos bancarios del fallecido, se podrá acudir al banco y solicitarle un certificado de saldos y movimientos a fecha de fallecimiento.
Si se desconocen los productos bancarios que este tenía contratados o en qué bancos, podrá solicitarse la información en el Banco de España, aunque los expertos señalan que desde la entidad en ocasiones remitan a su vez a la Agencia Tributaria para obtener la información fiscal del fallecido.
Vehículos
En el caso de los coches, motos o cualquier tipo de vehículo que el fallecido pudiera tener en propiedad, habría que acudir a la Dirección General de Tráfico (DGT) donde se podrá solicitar un certificado en el que se incluyan los vehículos a su nombre así como si tienen cargas o alguna multa.
Derechos agrícolas
En el caso de los derechos agrícolas del fallecido, habrá que solicitar un certificado sobre los derechos de pago básico (PAC) en la Consejería de Agricultura o Servicio Territorial de Agricultura.
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