Una mujer deberá de devolver 9.398,34 euros a la Seguridad Social por haber cobrado la pensión de viudedad durante varios años, mientras había otra esposa con derecho a ella, según la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León. El Instituto Nacional de la Seguridad Social, tras aprobar la prestación, se dio cuenta que la primera esposa también tenía derecho a percibir la pensión, por lo que procedió a recalcular la cuantía y pedir que devolviera las cantidades cobradas indebidamente.
Todo empieza cuando Luisa solicita la pensión de viudedad a la Seguridad Social tras fallecer su marido (con quien había estado casada en segundas nupcias), siendo esta aprobada. De esta forma, durante varios años estuvo cobrando la pensión sin problema alguno, hasta que, en 2019, una sentencia reconocía el derecho a cobrar la pensión de viudedad a la primera esposa. La Seguridad Social, tras revisarlo comunicó a Luisa que la cantidad a percibir debía ser menor, ya que había dos beneficiarias.
Es decir, que al haber dos beneficiarias no podía cobrar esa cantidad, ya que la prestación debía repartirse proporcionalmente, conforme establece el 220.2 de la Ley General de la Seguridad Social. Así, lo que había cobrado antes era considerado como cobros indebidos y por ello, se le pidió que devolviera la cantidad de 9.398,34 euros.

Como no estaba conforme, puso una reclamación, la cual fue rechazada. Ante la persistencia de la obligación de reintegro, decidió acudir a los tribunales.
Reparto de la pensión cuando hay dos beneficiarias
Tanto en una primera instancia en el Juzgado de lo Social número 3 de Burgos como posteriormente ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, ambos coincidieron y le dieron la razón a la Seguridad Social. Mientras Luisa reclamaba que debía devolver las cantidades reclamadas la Seguridad Social, el organismo explicó que tras la aparición de otra esposa con derecho a la pensión de viudedad esto obligaba a volver a calcular el importe y a exigir la devolución de las cuantías percibidas en exceso, que es como marca la ley.
De esta forma, ambos tribunales coincidieron en que Luisa debía devolver los 9.398,34 euros por la parte de pensión indebidamente percibida desde 2016 hasta 2019, ya que entendían que las dos beneficiarias debía repartirse en función de los años de convivencia con la parte causante, es decir, el fallecido.
Qué dice la ley cuando hay dos esposas con derecho a la pensión de viudedad
El artículo 220.2 de la Ley General de la Seguridad Social dice que, cuando hay dos personas con derecho a la misma pensión de viudedad, la Seguridad Social debe repartir la pensión entre ambas. Este reparto no es a partes iguales, sino que se calcula según el tiempo que cada esposa haya convivido con el causante del derecho. Así, cada una cobrará un porcentaje de la pensión proporcional a los años en los que estuvo casada o conviviendo con la persona fallecida. Así, por ejemplo, puede darse el caso de que a una beneficiaria le toque el 60% de la cuantía, mientras que la otra solo recibe el 40% de la pensión.

