La Seguridad Social explica cómo conseguir un ‘premio’ en la jubilación anticipada al hacer ‘la mili’

La Seguridad Social tiene una ventaja para todos los trabajadores que hicieron la mili, la prestación social sustitutoria o el servicio femenino si quieren cobrar una jubilación anticipada.

Militares españoles en un desfile
Esta es la ventaja de la Seguridad Social para algunos jubilados que hicieron la ‘mili’ Archivo
Isabel Gómez

En España, son miles los trabajadores que deciden abandonar el mercado laboral antes de alcanzar la edad de jubilación en 2024. Desde la Seguridad Social apuntan a que acogerse a una jubilación anticipada tiene ‘premio’ siempre y cuando los futuros pensionistas hayan realizado el Servicio Militar Obligatorio (La mili) y cumplan con los requisitos para ello. Aunque no son los únicos.

Esa ventaja que recoge la Ley 8/2015, General de la Seguridad Social, consiste en la posibilidad de sumar un año de cotización extra al periodo mínimo de cotización exigido por el Instituto Nacional de la Seguridad Social a la hora de tramitar la solicitud de jubilación anticipada, ya sea de forma voluntaria o forzosa. 

Para entenderlo con un ejemplo, si una persona se retira por voluntad propia del mercado laboral y solo tiene 34 años cotizados, puede sumar ese año extra si hizo la mili y así alcanzar los 35 años de cotización exigidos por la administración para la jubilación anticipada voluntaria.

Cabe mencionar que no solo aquellos trabajadores con el Servicio Militar Obligatorio pueden acceder a este ‘premio’. También pueden obtenerlo quienes eligieron la modalidad de la Prestación Social Sustitutoria o el Servicio Social Femenino (artículo 208 de la LGSS).

¿Qué requisitos impone la Seguridad Social para disfrutar de la ventaja de la mili?

Para acceder a la jubilación antes de la edad ordinaria o legal es obligatorio que una persona haya cotizado un mínimo de 35 años, dos de los cuales deben estar comprendidos dentro de los 15 años anteriores. Esto resulta muy beneficioso, por ejemplo, para quienes tienen 34 años cotizados e hicieron servicio militar. Sí que podrían prejubilarse voluntariamente.

Bien es cierto que de esos 35 años, se tiene solo en cuenta el periodo máximo de un año. Anteriormente, este servicio duraba dos años. Además, deberá ser documentado porque hubo jóvenes que solo estuvieron nueve meses, mientras que otros duraron más.

En los casos en los que la jubilación anticipada sea involuntaria, la persona solo debe acreditar 33 años de cotización en alguno de los regímenes de la Seguridad Social. 

Eso sí, esto lo único que hace es sumar años a la cotización, pero ni mejora la penalización aplicable a la cuantía por abandonar el empleo antes de tiempo, no para mejorar el tramo de jubilación anticipada en los coeficientes reductores.

Pasos para solicitar la jubilación anticipada sumando el servicio militar

La tramitación para solicitar la prejubilación debe hacerse mediante la Sede Electrónica de la Seguridad Social. Basta con que el interesado cumplimente el apartado para el servicio militar y sume el ‘Certificado de servicios para el cómputo recíproco de cotizaciones con otros regímenes de la Seguridad Social’. Este último puede solicitarse en las delegaciones y subdelegaciones provinciales del Ministerio de Defensa de donde resida.

Para aquellos que sea más cómodo el procedimiento vía presencial, pueden enviar un escrito certificado a esas delegaciones a través de Correos. A este escrito hay que adjuntar:

  • Copia y original del DNI.
  • Copia y original de la cartilla del servicio militar.

Ya solo falta acudir a la oficina correspondiente de la Seguridad Social, mediante cita previa, y solicitar que se incluya ese año en la vida laboral.

Otras noticias interesantes

Lo más leído

Archivado en: