Los pensionistas que debido al cuidado de sus hijos hubieran visto perjudicada la pensión podrán solicitar el complemento para reducir la brecha de género en las pensiones. Este plus en la pensión tiene una cuantía que va desde 33,20 euros y hasta los 132,8 euros, dependiendo del número de hijos.
Antiguamente, solo las mujeres podían acceder a este complemento en la pensión, pero desde el 4 de enero de 2021, el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones permitió que también los hombres accedieran a él. De esta manera, se convierte en un complemento tanto por la maternidad como por la paternidad.
La Seguridad Social ha recordado a través de las redes sociales que todavía hay muchos pensionistas que pueden solicitar este extra y no lo saben. El objetivo de este plus es compensar los periodos no cotizados en los que el pensionista no pudo trabajar o tuvo que reducir su jornada debido al cuidado de los hijos. Esto provocó que la pensión se viera reducida, y por ello, este plus busca paliar esa situación.
El complemento para reducir la brecha de género en las pensiones se encuentra recogido en este Boletín Oficial del Estado (BOE) bajo el Real Decreto-ley 3/2021, de 2 de febrero. En él se detallan las cuantías según el número de hijos y los requisitos para acceder al mismo.
¿Quién puede cobrar este complemento por hijo en la pensión?
Todos los beneficiarios de una pensión contributiva de jubilación pueden solicitar el complemento de brecha de género. Además, podrán solicitarlo aquellos pensionistas que sean beneficiarios de una pensión por incapacidad permanente, viudedad o que hayan decidido pedir la jubilación anticipada, siempre y cuando estas pensiones estén reconocidas a partir del 4 de febrero de 2021.
Para solicitar el complemento de brecha de género, tanto mujeres como hombres deben cumplir una serie de requisitos, que están detallados en la web de la Seguridad Social, Para las mujeres que deseen solicitarlo, deben estar adscritas a cualquier régimen del sistema de la Seguridad Social y ser beneficiarias de una prestación contributiva de jubilación, incapacidad permanente o viudedad. Además, es necesario que los hijos estén debidamente inscritos en el Registro Civil.
Los hombres que deseen solicitarlo, además de cumplir los mismos requisitos que las mujeres, deben demostrar que su pensión es inferior a la que recibe la madre. Para los hijos nacidos antes del 31 de diciembre de 1994, deben presentar el certificado de lagunas de cotización de al menos cuatro meses entre los nueve meses anteriores al nacimiento o adopción y los tres años siguientes.
Si los hijos nacieron después del 1 de enero de 1995, la suma de las bases de cotización de los dos años siguientes al nacimiento o adopción debe ser inferior en más del 15% a la suma de las de los dos años anteriores.
Cuantías para este 2024
La cuantía del complemento para reducir la brecha de género se establece en función de los Presupuestos Generales del Estado de cada año. En 2024, según el Real Decreto-ley 8/2023, este importe es de 33,20 euros mensuales por cada hijo o hija, con un límite de cuatro veces dicho importe.
Por lo tanto, los importes para 2024 serían los siguientes:
- Un hijo: 33,20 euros al mes, 464,8 euros al año.
- Dos hijos: 66,4 euros al mes, 929,6 euros al año.
- Tres hijos: 99,6 euros al mes, 1.394,4 euros al año.
- Cuatro o más hijos: 132,8 euros al mes, 1.859,2 euros al año.
Este plus se cobrará de manera indefinida hasta que la brecha de género de las pensiones de jubilación de hombres y mujeres sea igual o inferior al 5%. Según datos de la Seguridad Social, esta brecha se sitúa actualmente en el 25%.
El complemento por hijo en la pensión se puede solicitar en la Sede Electrónica de la Seguridad Social o por teléfono, llamando a los números de teléfono 901 166 565 y el 915 421 176.
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