
Esta semana, los sindicatos CCOO y UGT anunciaron una huelga general de transportistas para la segunda quincena de octubre, debido al “bloqueo sistemático” del Gobierno y las patronales para adelantar la edad de jubilación de los conductores. Días después, el Ministerio de la Seguridad Social logró cerrar un acuerdo tripartito para reformar las jubilaciones en España. Pero, ¿este facilita la jubilación de los transportistas como pedían los sindicatos?
Para la Seguridad Social, sí. El secretario de Estado de la Seguridad Social y Pensiones, Borja Suárez, ha respondido a ‘NoticiasTrabajo’, en la rueda posterior a los datos del paro de julio, que con el nuevo procedimiento para el reconocimiento de coeficientes para adelantar la edad de jubilación, que se ha incluido en la citada reforma, se permite a los trabajadores de más sectores, como podrían ser los transportistas, poder jubilarse antes, si así se les reconoce en el citado procedimiento.
En este sentido, ha reivindicado que el objetivo de la reforma no era “identificar colectivos”, “sino más bien objetivar el procedimiento para el reconocimiento de esos coeficientes”. Por ello, ha señalado la inclusión de este procedimiento para el reconocimiento de coeficientes reductores en la edad ordinaria de acceso a la jubilación, respecto a los trabajos de naturaleza excepcionalmente penosa, tóxica, peligrosa o insalubre y con elevados índices de morbilidad o mortalidad, como una de las “grandes medidas” del acuerdo.
Nuevo procedimiento para el reconocimiento de coeficientes reductores en la edad de jubilación
El Secretario de Estado de la Seguridad Social ha explicado que este procedimiento se basa en dos aspectos fundamentales. “El primero es que este instrumento que suponen los coeficientes reductores para la anticipación de la edad de jubilación se aplicará solo cuando no sea posible la mejora de las condiciones laborales. Y el segundo elemento reseñable es que se establecen en este procedimiento unos indicadores objetivos”, para determinar la siniestralidad o penosidad de dicho colectivo.
Desde ese punto de vista, Suárez detalla que lo que han hecho desde la Seguridad Social “no ha sido identificar cuáles son los colectivos”, sino que han establecido un procedimiento “para que todas aquellas actividades que acreditan unos mayores índices de siniestralidad y penosidad” puedan acudir a este procedimiento y, si cumplen con los indicadores objetivos establecidos, y en base a toda la información recopilada, se les puede reconocer en su caso el coeficiente.
Sobre este procedimiento, ha señalado que se ha estructurado “con todo detalle y garantías” y que, además de la propia Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social, en este también participarán la Inspección de Trabajo y el Instituto de Seguridad y Salud en el Trabajo. Sobre quién podrá iniciarlo, la cartera de Elma Saiz explicó que los sujetos legitimados (autorizados) son las organizaciones empresariales y sindicales, las asociaciones de autónomos y la propia Seguridad Social, que podrá iniciarlo de oficio.
Asimismo, este Ministerio también informó de cuáles serán los indicadores principales que se seguirán para acreditar que se cumplen con las condiciones objetivas para el reconocimiento de estos coeficientes, que son: la incidencia de las bajas laborales por contingencias comunes y profesionales, por género y grupo de edad; la incidencia de sucesos graves que conllevan fallecimientos y reconocimientos de Incapacidades permanentes; y la duración media de los procesos.
Estos indicadores se complementan con otros adicionales que son la incidencia de factores como la rotación o la parcialidad del colectivo objeto de estudio (comparando el número de días y horas de baja, con los días y horas de alta en el periodo). Asimismo, Borja Suárez ha querido destacar el hecho de que el acuerdo se haya alcanzado con los sindicatos y las patronales, remarcando que “el Diálogo Social refuerza la calidad democrática”.

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