La Seguridad Social obliga a hacer este trámite y a devolver parte de la pensión en este caso

A través del Imserso, la Seguridad Social confirma que hay que realizar dos trámites para actualizar la cuantías, pero avisan. Los cobros indebidos tienen que ser devueltos.

La Seguridad Social informa de la obligación de presentar este trámite actualizar la pensión
No realizar este trámite conllevara a la suspensión de la pensión. Seguridad Social
Francisco Miralles

La Seguridad Social a través del IMSERSO ha querido lanzar un aviso informativo a todos los pensionistas beneficiarios de una pensión no contributiva de jubilación o invalidez. El organismo solicita que los beneficiarios que presenten dos trámites para actualizar las pensiones a las nuevas cuantías de 2024. Además, en el caso de haber cobrado importes indebidamente, deberán ser devueltos.

El Gobierno, a través del Consejo de Ministros, se aprobó el Real Decreto-ley 8/2023, de 27 de diciembre, el cual se puede consultar en este Boletín Oficial del Estado (BOE). Entre las medidas adoptadas se incluyo la actualización de las cuantías de las pensiones de invalidez y jubilación de la Seguridad Social en su modalidad no contributiva para 2024.

Esta cantidad se determina aumentando lo que se pagó en 2023 en un 3,8% para ajustarse al aumento de precios, y luego añadiendo un extra para que las pensiones más bajas se acerquen al 75% del umbral de pobreza, reduciendo la diferencia en un 20%. Así lo recoge, además de la citada ley, en la segunda reforma de las pensiones que se aprobó bajo el Real Decreto-ley 2/2023, pudiendo consultar en este BOE.

Trámites que deben presentar los beneficiarios de las pensiones no contributivas

Para que los beneficiarios de las pensiones no contributivas, ya sea por jubilación e invalidez, vean actualizadas sus cuantías, el IMSERSO informa que están obligados a realizar dos trámites.

El primero de ellos es comunicar al organismo que gestiona su pensión las variaciones en su convivencia, estado civil, residencia, recursos económicos propios y/o familiares, y cuantas otras puedan tener incidencia en la conservación del derecho o en la cuantía de su pensión. Para esta gestión hay un plazo de 30 días desde la fecha en que se produzca la variación.

Por otro lado, y como es habitual, se deberá presentar durante el primer trimestre una declaración de sus rentas o ingresos y de los de su unidad familiar de convivencia. Esta declaración anual es obligatoria y en el caso de no presentarlo, la Seguridad Social procederá a suspender la pensión. El IMSERSO explica que este trámite puede hacerse desde la siguiente dirección web.

Una vez presentados los documentos, la Seguridad Social revisará y procederá a actualizar la pensión. Desde el organismo informan que la cantidad de las pensiones de 2023 se ajusta basándose en la información proporcionada por los pensionistas y los datos de la Administración. Esto puede cambiar lo que se recibirá en 2024 si se descubre que la cantidad inicialmente calculada era incorrecta. Al mismo tiempo, avisan que en el caso de haber recibido cobros indebidos, los mismos deberán ser devueltos.

Por qué obliga el Imserso a realizar estos trámites para mantener la pensión

Las pensiones no contributivas no tienen una cuantía fija. La cantidad de estas se determina en función de las rentas personales del solicitante y de la unidad económica de convivencia. Por ello, dependiendo de los ingresos, la cantidad pueden ir desde la cuantía íntegra, que en 2024 son 7.250,60 euros anuales (517,90 euros mes) a 1.812,65 euros anuales (129,48 euros al mes).

Por esta razón, el IMSERSO y para actualizar las cuantías de cara al presente año, necesita que los pensionistas realicen estos trámites.

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