
Un padre no puede desheredar a sus hijos por el hecho de no tener relación con ellos, aunque haga años que la relación sea inexistente y no sepan nada los unos de los otros. Así lo ha dictado el Tribunal Supremo tras la denuncia de una hija a la que su padre había desheredado en su testamento.
El padre antes de fallecer había incluido la desheredación de sus hijos en el testamento y en sus últimas voluntades, declarando que fue maltratado de obra e injuriado gravemente por sus hijos, y que desde entonces no había tenido ningún tipo de relación ni noticia de ellos, lo que mostraba el desinterés de sus hijos por sus circunstancias tanto personales como de salud y económicas.
En su última voluntad, además de desheredar a sus dos hijos, declara heredera universal a su ‘compañera’. Y es a esta, a la que su hija demanda reclamando su parte legítima de la herencia.
¿Es la falta de trato motivo suficiente para desheredar?
El Juzgado desestimó la demanda, no dando la razón a la hija, y considerando el abandono o despreocupación por los problemas del padre como maltrato psicológico. Este a su vez fue considerado como una variante del maltrato de obra, por lo que la hija recurrió y la Audiencia Provincial ha confirmado la sentencia del juzgado.
En la sentencia que la hija recurre se considera que la falta de relación familiar afectiva puede ser valorada como manifestación de unos daños psicológicos constitutivos de maltrato de obra, y que la falta de interés durante tantos es de especial gravedad hasta el punto de que el padre expresó la voluntad de privar de la parte legítima de la herencia a su hija. Además, estimó que esta falta de relación es imputable a ella, ya que era mayor de edad en el momento en que sus padres se separaron.
El Tribunal Supremo en el procedimiento del recurso de casación, no comparte este razonamiento, y estima que por la falta de relación no se puede afirmar el maltrato psicológico ni el abandono injustificado, más si cabe sin pruebas, ya que la interesada, que es la compañera del padre fallecido, no se presentó al procedimiento para aportarlas.
Por todo esto, el Tribunal dictamina que no existe causa para la desheredación, y anula a la compañera del fallecido como heredera universal en todo lo que perjudique a la herencia legítima de la hija, de acuerdo a lo que establece el artículo 851 del Código Civil.
Otras noticias interesantes
Lo más leído
- Un jubilado de 81 años va a cobrar un premio de lotería de 44.000 euros y descubre que le ha tocado otro de 88.000: “fue mi día”
- La OCU confirma las 2 mejores marcas de agua embotellada del supermercado
- Soy ex trabajadora de Zara y te cuento cómo funciona el descuento del 25% en Inditex: “hay 3.000 euros”
- El BCE recorta los tipos de interés en 25 puntos básicos y advierte sobre el impacto de los aranceles de Trump en la economía europea
- Un jubilado ayuda a su hija a pagar la vivienda a cambio de quedarse en ella y ahora será desahuciado: “No tengo adónde ir”
- El precio de la luz se desploma este viernes con la nueva tarifa: cuál es el precio máximo y mínimo de electricidad
Últimas noticias
- Las veinte monedas de dos euros más valiosas del mundo: te pueden pagar más de 2.500 euros
- Este pueblo está muy cerca de España, tiene aguas termales gratis de la época romana y se puede esquiar muy barato
- Soy ex trabajadora de Zara y te cuento cómo funciona el descuento del 25% en Inditex: “hay 3.000 euros”
- CajaSur ofrece una casa de 290 metros, 3 plantas y cocina amueblada por solo 38.000 euros
- El BCE recorta los tipos de interés en 25 puntos básicos y advierte sobre el impacto de los aranceles de Trump en la economía europea