Los cambios en el Impuesto de Sucesiones para 2024: cuánto habrá que pagar por recibir una herencia

Cada comunidad autónoma en España gestiona el Impuesto de Sucesiones y Donaciones que se debe pagar en el caso de recibir una herencia. En algunas ya no habrá que pagar.

martillo sobre billetes de euros
Los cambios en el Impuesto de Sucesiones para 2024: cuánto habrá que pagar por recibir una herencia Canva
Fernanda Lencina

El Impuesto de Sucesiones y Donaciones es un tributo que las personas que residen en España deben pagar en el caso de recibir una herencia. Se trata de un incremento patrimonial que “se produce al traspasar bienes o derechos de una persona física a otra por causa de muerte”, según explica el BBVA. Por lo tanto, son los herederos quienes deben pagarlo según los porcentajes que defina la comunidad autónoma en donde se viva. Cuanto más se hereda, más se paga.

Durante este 2023, los gobiernos regionales han tomado medidas para reducir el cobro de este impuesto o bien para eliminarlo como en Extremadura o Baleares, debido a su excesivo coste para las personas. Si se tienen en cuenta los datos del Consejo General del Notariado, durante el 2021, por la pandemia, las herencias aumentaron, pero también lo hicieron las renuncias de los herederos por no poder asumir el pago del impuesto de sucesiones o las deudas de la persona fallecida.

El Impuesto de Sucesiones por comunidad autónoma en 2024

El Impuesto de Sucesiones y Donaciones, como se ha visto, no se aplica de forma igual en toda España y depende de la normativa de cada comunidad autónoma. Además, influye también en su valor, el grado de parentesco que tenga el o los herederos y si son o no, mayores de 21 años. Estos son algunos de los cambios que se esperan para 2024, según comunidad:

  • Asturias: los herederos que se encuentren en el Grupo I y II, es decir, aquellos descendientes y adoptados menores de 21 años (GI), y descendientes y adoptados de 21 años o más, cónyuges, ascendientes y adoptantes, no pagarán el impuesto si la herencia es inferior o igual a 300.000 euros.
  • Extremadura: bonifica el 99% del impuesto para los Grupos I y II.
  • Aragón: bonifica el 65%, en el caso de la herencia no sea mayor a los 100.000 euros
  • Cataluña: los menores de 21 años que reciban una herencia de hasta 100.000 euros no pagan impuesto, para los cónyuges el límite es el mismo, y para los nietos es de hasta 50.000 euros.
  • Galicia: En el caso del Grupo II, el límite de la herencia está en los 400.000 euros.
  • Murcia: tienen una bonificación del 99% del Impuesto de Sucesiones y Donaciones para los grupos I y II.
  • Madrid: los familiares directos tienen una bonificación del 99% del impuesto, como es el caso de los cónyuges, y para los hermanos es del 15%. En caso de sobrinos, habrá que pagar el 10% de lo recibido como herencia.
  • Castilla y León: los grupos I y II tienen una reducción de cuota de 400.000 euros, y las víctimas de violencia de género reciben una bonificación del 99%.
  • Andalucía: los grupos I y II no pagan el impuesto hasta el millón de euros de herencia, si se supera ya se aplicará el porcentaje del impuesto que corresponda.
  • La Rioja: bonifica el 99% en el caso de todas las herencias.
  • Valencia: bonifica el 99% de la herencia entre cónyuges, ascendientes y descendientes.

Existen otros casos Baleares que han eliminado por completo el Impuesto de Sucesiones, como una medida que pondrá en marcha este 2024 y que aplica para descendientes que sean familiares directos.

Reducir este impuesto implica para las comunidades autónomas, ingresar menos dinero por impuestos y disminuir considerablemente su recaudación. Sin embargo, la rebaja o eliminación de este tributo apunta a bajar las renuncias a herencias y donaciones, y a que la carga fiscal sobre los ciudadanos no sea tan pesada.

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