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Laura Lobo, abogada: “Nadie tiene la obligación de avisarte si eres heredero, pero no lo sabes, ni siquiera el notario”

La experta aclara que cada persona es responsable de hacer las averiguaciones necesarias para comprobar si es el beneficiario de una herencia.

Laura Lobo, abogada
Laura Lobo, abogada |Redes sociales Laura Lobo
Lucía Rodríguez Ayala
Fecha de actualización:
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Aunque en la mayoría de los casos los herederos suelen tener conocimiento de que van a recibir una herencia, puede suceder que lo ignoren. Esta situación es común cuando el heredero es un familiar lejano o cuando existen conflictos familiares que resultan en la falta de contacto o desconocimiento del fallecimiento del causante. Surge entonces la pregunta ¿quién te avisa si eres heredero y no lo sabes?

La abogada especializada en herencias, Laura Lobo, ha resuelto esta cuestión en un video publicado en sus redes sociales, destacando la responsabilidad del propio ciudadano para investigar. Según explica la abogada, “nadie tiene la obligación de avisarte si eres heredero, pero no lo sabes, ni siquiera el notario.”

Por lo tanto, la carga de la prueba y la iniciativa recaen en el posible beneficiario. Lobo enfatiza que “tienes que ser tú quien sepa, por lo menos sospeche si puede ser heredero en una herencia para poder realizar las investigaciones necesarias para averiguarlo y poder iniciar los trámites”.

La única excepción donde el heredero podría ser notificado ocurre si hay otros coherederos que necesitan su participación para tramitar la herencia. En ese caso, sí se le notificaría para que acepte o renuncie a la herencia. Sin embargo, si la persona fuera el heredero único, “nadie tendría por qué avisarte. Tienes que ser tú el que tenga conocimiento de ello.”

Cómo saber si te han dejado una herencia

Si se tiene la sospecha de haber sido nombrado heredero o de que se deba recibir una herencia, el Consejo General del Notariado ha aclarado el procedimiento para comprobarlo y no depender de la información de otros familiares o coherederos.

Obtener el Certificado de Últimas Voluntades

Lo primero que explican desde el Consejo de Notarios es que hay que obtener el Certificado de Últimas Voluntades. En este documento se indica si hay no  testamento, y en caso afirmativo, indica ante qué notario y en qué fecha se otorgó.

Para solicitarlo, es necesario acudir al Registro General de Actos de Última Voluntad con el certificado o partida de defunción de la persona fallecida. Este trámite también puede realizarse a través de cualquier notario.

Consultar el testamento

Si hay testamento, hay que dirigirse al notario que aparece en el certificado para solicitar una copia del testamento. El notario debe facilitar este documento únicamente si el solicitante aparece mencionado en el mismo o si es heredero legal del fallecido.

Si el notario que realizó el testamento ha fallecido o se ha jubilado, se puede consultar en la web del Consejo de Notariado quién es el nuevo notario que custodia dicho documento.

Si no hay testamento

En el caso de que el fallecido no hubiera otorgado testamento, se debe acudir a un notario para tramitar la declaración de herederos abintestato. Este es un documento público que “permite determinar, de conformidad con la legislación civil aplicable a cada caso, quiénes son los herederos de una persona fallecida que no ha otorgado testamento y en qué proporción lo son”, según explican desde Notariado.

Para este trámite, se debe acudir a un notario del lugar donde el fallecido tuviera su residencia habitual, donde hubiera fallecido, o donde tuviera la mayoría de sus bienes.