Cuando una persona fallece, no siempre la herencia se reparte de inmediato. En muchas familias pasan meses o incluso años hasta que los herederos completan todos los trámites y formalizan la adjudicación de bienes. Durante ese tiempo intermedio surge una duda muy frecuente que es si pueden los herederos alquilar una vivienda o un local que forma parte de la herencia antes de que esté repartida.
La abogada especializada en herencias Laura Lobo ha resuelto esta cuestión en un vídeo publicado en sus redes sociales, donde confirma que, aunque muchos lo desconocen, esta opción sí está permitida.
La respuesta de la jurista es clara, “sí que es posible poner en alquiler los bienes que pertenecen a una herencia, aunque todavía no se haya repartido, siendo el arrendador la herencia.” Esto significa que, mientras la herencia siga sin adjudicarse, la figura del arrendador no será un heredero concreto, sino la propia comunidad hereditaria.
¿Tienen que estar de acuerdo todos los herederos para alquilar la vivienda si no se ha repartido la herencia?
Aunque la abogada explica que alquilar una vivienda es posible, aunque aún no se haya repartido la herencia, no siempre se aplican las mismas reglas sobre si es necesario o no el consentimiento de todos los herederos para poder hacerlo, esto dependerá del plazo del contrato de alquiler.
En contratos de alquiler inferiores a 6 años, Lobo explica que se considera un acto de administración, y que por ello “solamente será necesario el consentimiento de la mayoría de los herederos”.
En el caso de que los contratos de alquiler sean superiores a 6 años, se estaría hablando de un el acto de disposición, en el que se compromete el inmueble a largo plazo, y en este caso la abogada aclara que “sí que será necesario el consentimiento de todos los herederos”.
Es decir, que cuanto mayor sea la duración del alquiler, más exigente será la ley respecto al acuerdo familiar.