La Seguridad Social advierte qué ocurre a partir del día 545 de incapacidad temporal

Al llegar al día 545 de incapacidad temporal, se alcanzan los límites legales, por lo que se debe recibir el alta médica, obtener una incapacidad permanente o prorrogar la evaluación hasta 180 días más.

Francisco Miralles

La incapacidad temporal (IT) es el periodo durante el cual un trabajador está incapacitado para desempeñar su labor habitual debido a una enfermedad o accidente, encontrándose en tratamiento médico. La duración de las bajas médicas no es ilimitada, ya que, para situaciones de larga duración, existe la incapacidad permanente. De hecho, a partir del día 545 el Instituto Nacional de la Seguridad Social deberá tomar una decisión.

Cuando un trabajador alcanza los 545 días de baja por incapacidad temporal, es común que reciba una notificación de la Seguridad Social indicando que su empresa lo ha dado de baja. Esto no significa que haya sido despedido o que su contrato de trabajo haya finalizado, ya que a partir de ese momento, se deberán seguir una serie de procedimientos que determinarán su situación laboral y económica.

Según la normativa vigente, este periodo tiene una duración máxima inicial de 365 días naturales. Si tras este tiempo no se ha producido recuperación o mejoría, la incapacidad podrá prorrogarse hasta 180 días adicionales, siempre que exista una expectativa razonable de mejoría. En total, la incapacidad temporal puede extenderse hasta 545 días (18 meses), incluyendo las recaídas que pueda sufrir el trabajador.

Artículo 169 de la Ley General de la Seguridad Social (LGSS)
Artículo 169 de la Ley General de la Seguridad Social (LGSS) | Foto: BOE

Qué ocurre al cumplirse los 545 días

Al cumplirse este límite de 545 días, se agotan, en general, las opciones de prórroga, y el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) debe tomar una de las siguientes decisiones. En el caso de que el estado de salud mejorase, el trabajador podrá ser dado de alta, permitiendo su reincorporación a su puesto de trabajo.

Si tras los 545 días el trabajador no ha mejorado lo suficiente o se prevé que no pueda mejorar para volver a su puesto de trabajo, la Seguridad Social evaluará la posibilidad de conceder la incapacidad permanente. Dependiendo del grado de la incapacidad (parcial, total, absoluta), el trabajador podrá recibir una prestación o una pensión vitalicia (es revisable) que podrá ir desde el 55% y hasta el 100% de la base reguladora.

En el caso de que no sea posible determinar con claridad si el trabajador debe ser reconocido con una incapacidad permanente, el INSS puede prorrogar el proceso hasta otros 180 días más, alcanzando un total de 720 días.

La prestación la pagará la Seguridad Social o la mutua

Hay que tener en cuenta, que cuando se alcanza el límite de 545 días de baja, la empresa dejará de cotizar por el trabajador y lo dará de baja en la Seguridad Social. Aun así, esto no significa que el contrato de trabajo quede extinguido. El contrato digámoste que queda suspenso hasta que la Seguridad Social tome una decisión sobre la situación del trabajador.

A partir de ese momento, el trabajador deberá solicitar el pago de la prestación de incapacidad temporal a la mutua o a la Seguridad Social, ya que la empresa deja de abonarla como parte del sistema de pago delegado. Esta prestación continuará percibiéndose hasta que se notifique la resolución final de la Seguridad Social.

La Seguridad Social tiene de un plazo de tres meses para resolver si el trabajador pasa a una situación de incapacidad permanente o es dado de alta (por norma que general este plazo suele ser menor). Aun así, si la resolución se demorase, el trabajador continuará recibiendo la prestación de incapacidad temporal hasta que se le comunique oficialmente la decisión, ya que así lo establece el Criterio Técnico de Gestión número 26/2024. Es decir, que se seguirá pagando la prestación más allá de los 730 días.

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