La Seguridad Social obliga a devolver el Ingreso Mínimo Vital y deja 5 años sin cobrar la prestación: los motivos

La Seguridad Social puede solicitar la devolución de los cobros indebidos además de suspender el derecho a la prestación por cinco años.

fachada de una oficina de la Seguridad Social
Los motivos por los que te pueden obligar a devolver el Ingreso Mínimo Vital EP
Francisco Miralles

En España, 575.317 hogares en los que viven 1.725.571 personas perciben el Ingreso Mínimo Vital (IMV), según los últimos datos publicados por la Seguridad Social. Esta es una prestación económica que tiene como objetivo garantizar un nivel mínimo de ingresos a familias con bajas rentas. Sin embargo, el incumplimiento de los requisitos exigidos por la Seguridad Social puede llevar no solo a la pérdida del Ingreso Mínimo Vital, sino también a la devolución de las cantidades recibidas de forma indebida.

Esta prestación asegura unos ingresos mínimos mensuales que van desde 604,21 hasta 1.329,24 euros, dependiendo de los miembros que conformen la unidad de convivencia. Para mantener la ayuda no solo es necesario tener una vulneración económica, sino que además, es necesario cumplir con los requisitos. En este sentido, a veces los beneficiarios cometen errores que, aunque involuntarios, pueden ser interpretados contraria la norma que establece la Seguridad Social.

En estas situaciones, la Seguridad Social puede suspender el Ingreso Mínimo Vital y solicitar al receptor que devuelva las cuotas cobradas de manera indebida. De ahí la importancia de cumplir con todos los requisitos y obligaciones para ser un beneficiario legítimo del IMV.

Cuáles son los motivos por los que la Seguridad Social obliga a devolver el Ingreso Mínimo Vital

La Seguridad Social clasifica las infracciones en leves, graves y muy graves. Si se comete una infracción muy grave, la administración puede exigir la devolución del dinero recibido en los 180 días (seis meses) previos al error.

Por ejemplo, una persona que viva sola y esté desempleada, recibiendo 604,21 euros al mes de Ingreso Mínimo Vital, tendrá que devolver 3.625,26 euros si comete una de estas infracciones muy graves, equivalente a los ingresos de medio año.

La infracciones muy graves vienen reguladas en el artículo 38 de la Ley 19/2021 y son las siguientes:

  • No proporcionar la documentación e información necesaria para demostrar que se cumplen los requisitos y para mantener el derecho a recibir la prestación. Esto también incluye asegurar la correcta recepción de notificaciones y comunicaciones. Esto aplica cuando esta falta de información haya resultado en un cobro indebido de la prestación, siendo esta cantidad mensual igual o inferior al 50% de lo que correspondería recibir.
  • No informar sobre cualquier cambio o situación que pueda llevar a la modificación, suspensión o finalización de la prestación, en un plazo de 30 días.
  • Cometer una tercera infracción leve en el plazo de un año, si previamente se han cometido dos infracciones del mismo tipo.
  • No cumplir con la obligación de participar en las estrategias de inclusión que promueva el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, de acuerdo con las condiciones establecidas.
  • Incumplir las condiciones relacionadas con la compatibilidad de la prestación del IMV con los ingresos obtenidos por trabajo o actividad económica.

Si se incumplen estas sanciones tres veces, la Seguridad Social puede exigir la devolución de hasta seis meses de la prestación.

No se podrá pedir el Ingreso Mínimo Vital en 5 años

Cometer infracciones no solo puede conllevar la pérdida de la prestación, sino que también puede impedir la solicitud de la ayuda durante un período de dos a cinco años. Esto se aplica en las siguientes situaciones:

  • Falsificación de la declaración de ingresos o patrimonio.
  • Ocultación fraudulenta de cambios importantes que puedan modificar o suspender la prestación.
  • Cualquier otra situación fraudulenta que permita el acceso indebido a la prestación.

En estos casos fraudulentos, la Seguridad Social puede determinar que la posibilidad de volver a solicitar el Ingreso Mínimo Vital quede restringida por un plazo de dos años. Si la infracción es muy grave, no se podrá solicitar durante un plazo de cinco años.

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