Las entidades bancarias y financieras devuelven a los clientes el dinero cobrado en concepto de cláusulas abusivas como la de comisión de apertura de una hipoteca. Aunque no es la única. De esta manera, las hipotecas traen buenas noticias en diferido a aquellos que poseen una contratada en medio de uno de los panoramas económicos y financieros más adversos de los últimos tiempos, con el euríbor cercano a un histórico 4%.
Casos en los que los bancos devuelven dinero de la hipoteca
La Justicia de Álava fue la primera que abrió la puerta a la devolución de uno de los pagos al formalizar una hipoteca que más suspicacias despertaba por su justificación. Posteriormente llegó el turno de Almería y Bilbao. Una sentencia sentencia del Juzgado de lo Mercantil número 1 de ambas provincias condenó hace un mes a Cajamar y KutxaBank a reintegrar a un total de 50 clientes la cuantía correspondiente a los gastos hipotecarios: un total de 7.105 millones de euros.
La entrada en escena del Tribunal Europeo, a consulta del Tribunal Supremo cambió el escenario, empoderando a los clientes. La justicia europea, así, no consideró la obligación de la devolución en todos los casos, si no que habría que proceder de esta manera en los que sean considerados abusivos.
Cuándo no se considera abusiva una cláusula hipotecaria
Para ello, el cliente debe haber entendido completamente la finalidad del servicio de la misma. Es decir, su porqué. Además, su importe debe ser proporcional al importe de la hipoteca y no debe haberse abonado ya con otro pago como concepto. En otras palabras, debe ser un servicio por el que se paga realmente y por primera vez.
Cuánto tiempo existe para reclamar las cláusulas abusivas de la hipoteca
No prescribe. No caduca, por lo que no importa el tiempo que haya pasado desde que se pagó. Todo el mundo puede reclamar el estudio de su caso, y, si procede, su devolución.
Cómo reclamar las cláusulas abusivas hipotecarias
Hasta 2019, los bancos y entidades bancarias imponían a los clientes que abrían su hipoteca asumir esas comisiones, justificándose en el estudio del riesgo del cliente y el riesgo de la operación . Ese año, el Supremo obliga a la entidad bancaria a hacerse cargo del 100% de la tasación, la gestoría y el registro, y del 50% de la notaría. Por su parte, la Unión Europea consideró que son gastos accesorios y el estudio del riesgo debe ser iniciativa del banco.
Eso sí, el banco estará en esa obligación dictada por el Supremo siempre que esa escritura sea anterior a la entrada en vigor de la nueva ley hipotecaria de junio de 2019. Es decir, los clientes en esta situación podrán reclamar el 50% del gasto de la notaría y el 100% del gasto de la tasación, la gestoría y el registro. Pagos que se han declarado nulos. Estos costes rondaban los 1.000 euros. Aunque dependía de la hipoteca.
Así, se recomienda el estudio del caso por un profesional y, primero, reclamar la devolución a la entidad. Sin embargo, es posible que haya que denunciar e ir a juicio. En ese caso, se permite reclamar otras cláusulas abusivas como el interés de demora, la comisión por gastos de descubierto, el vencimiento anticipado o la cláusula suelo.
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