¿Hacienda puede ver la información de mis cuentas bancarias?

En España, ya se sabe que la Agencia Tributaria vigila los movimientos de dinero en efectivo o por transferencias, pero hasta dónde pueden llegar para obtener información de los contribuyentes.

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¿Hacienda puede ver la información de mis cuentas bancarias? Archivo
Fernanda Lencina

La Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) es la encargada en España de la recaudación de impuestos y de controlar los movimientos de dinero en efectivo y las transferencias entre cuentas bancarias, cuando superan determinadas cantidades. La finalidad de Hacienda es investigar en el caso de que las transacciones resulten sospechosas o bien por tener un origen no justificado o ilegal, que suponga que proviene de actividades delictivas y evasión fiscal. Para realizar esta fiscalización, tiene la ayuda de las entidades bancarias que alertan al organismo.

Uno de los temas que preocupa a particulares y empresas, teniendo en cuenta lo anterior, es si Hacienda puede ver sus cuentas bancarias. La respuesta a esta pregunta, es sí pero con determinadas limitaciones y dentro de un marco legal, según explican explican desde Asesoría Arribas. Además, los usuarios tienen derechos para proteger su información.

A qué información bancaria tiene acceso Hacienda

Hacienda, como se mencionaba anteriormente, puede tener acceso a información bancaria de todos los contribuyentes en España a través de cuentas bancarias, cuentas de ahorro, tarjetas de crédito, depósitos a plazo o préstamos hipotecarios, entre otros. Es decir, que todo producto o servicio en el que intermedie un banco, puede ser controlado e investigado por la Agencia Tributaria.

Sin embargo, no puede hacerlo sin más, ya que debe cumplir con una serie de procedimientos legales que le darán o no acceso a determinada información, como por ejemplo:

  • Protección de datos personales: los datos bancarios son considerados datos personales, por lo tanto, Hacienda no puede solicitarlos de forma indiscriminada y deberán regirse por la normativa de protección de datos que se aplica en España para obtener esta información.
  • Pedir información al contribuyente: Hacienda puede solicitar datos a los ciudadanos y empresas sobre sus cuentas bancarias y sus movimientos. Si la información no se facilita o se hace de forma incompleta, el organismo tiene la facultad de sancionar.
  • Obtener información por medio de la Inspección Tributaria: este mecanismo se activa cuando hay sospechas de que se está ocultando información fiscal. Y es aquí cuando Hacienda puede pedir al banco revisar las cuentas bancarias de acuerdo a lo que indique la ley.
  • Información a terceros: Hacienda puede investigar al contribuyente por medio de su entorno, y preguntar a terceras personas o empresas que tengan algún tipo de relación con este. En este grupo se incluyen proveedores, otras empresas e incluso las entidades bancarias.

Catálogo de los derechos de los contribuyentes

El Ministerio de Hacienda y Función Pública pone a disposición de los ciudadanos el catálogo de los derechos del contribuyente, que según el artículo 34 de la Ley 58/2003 de 17 de diciembre, General Tributaria, recoge los derechos y garantías de los ‘obligados tributarios’.

Artículo 9. Derecho, en los términos legalmente previstos, al carácter reservado de los datos, informes o antecedentes obtenidos por la Administración tributaria, que sólo podrán ser utilizados para la aplicación de los tributos o recursos cuya gestión tenga encomendada y para la imposición de sanciones, sin que puedan ser cedidos o comunicados a terceros, salvo en los supuestos previstos en las leyes.

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