
Los altos precios del alquiler hacen que encontrar una vivienda en alquiler no sea tarea fácil, y por esto cuando un inquilino consigue una casa o piso para larga temporada que sea de su agrado, lo habitual es que quiera renovar el contrato. ¿Qué pasa si el casero no quiere renovarlo? ¿Tiene que abandonar la vivienda?
Aunque muchos piensan que la renovación del contrato dependerá de un acuerdo entre las partes, lo cierto es que hay determinadas circunstancias en las que el inquilino tiene derecho a permanecer en la vivienda, pese a que el casero no quiera renovarle su contrato de alquiler.
La ley de arrendamientos urbanos (LAU) que regula los contratos de alquiler, establece una serie de medidas en cuanto a la duración de los contratos, y las prórrogas obligatorias que tienen los mismos. De este modo, el casero no podrá echar al inquilino antes de que finalice el contrato o sus prórrogas, salvo excepciones.
En qué casos puede el inquilino permanecer en la vivienda alquilada aunque el casero no quiera renovarle el contrato
Según explican desde Legalmente, a través de sus redes sociales, hay 3 casos en los que los inquilinos podrán permanecer en la vivienda aunque el casero no quiera renovarles el contrato de alquiler.
En primer lugar, y según lo establecido en el artículo 9 de la LAU, si se lleva en la casa o piso menos de 5 años (si el casero es una persona física) y 7 años (si es jurídica) el contrato se prorrogará de forma obligatoria hasta que se alcance esta duración. En este tiempo no habrá que realizar ninguna renovación, ya que se harán de forma automática según lo previsto en la ley.
Si el casero manifiesta que no quiere renovar el contrato de alquiler durante este periodo de tiempo, el inquilino tendría derecho a permanecer en la vivienda.
En el caso de que el contrato de alquiler esté a punto de alcanzar su quinto año, el casero podría notificar que no quiere renovarlo. Pero según el artículo 10 de la LAU dicha notificación deberá hacerse con al menos 4 meses de antelación a la fecha de vencimiento del mismo. Si se hace con menos tiempo, no tendrá validez, y el contrato se entiende prorrogado anualmente por otros tres años.
Por último, si el inquilino se encuentra dentro de estos tres años de la prórroga, según establece la ley, también en su artículo 10, será este el único que pueda no renovar el contrato en este tiempo. Es decir, que el casero tendrá que hacerlo.
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