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El SEPE quita el subsidio para mayores de 52 años y obliga a devolver 9.441,42 euros a un desempleado tras superar el límite de rentas por recibir una herencia y su pensión de viudedad

El desempleado no justificó los ingresos recibidos por la herencia y que tampoco incluyó en la declaración de la Renta, lo que motivó la extinción del subsidio y la devolución de las cantidades cobradas indebidamente.

Sentencia
Sentencia |Europa Press y Envato
Francisco Miralles
Fecha de actualización:
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El Tribunal Superior de Justicia de Aragón ha dado la razón al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) y obliga a un hombre a devolver 9.441,42 euros por cobros indebidos, tras recibir una herencia y no justificar debidamente sus ingresos. El motivo fue que, sumando el valor de la herencia, la pensión de viudedad y otros rendimientos, el beneficiario superó el límite de rentas permitido para percibir el subsidio para mayores de 52 años. A diferencia de otras sentencias, en esta no se aplicó la doctrina que permite computar la herencia como ingreso no periódico y prorrateado, por lo que se considera la extinción del subsidio, al no aportar la documentación ni reflejar adecuadamente las rentas.

Al parecer, el hombre que cobraba el subsidio para mayores de 52 años recibió una herencia por la cantidad de 157.419,13 euros en su parte individual. Este lo comunicó al SEPE y procedió a suspender la prestación, ya que superaba el límite de rentas (que es el 75% del salario mínimo interprofesional). Al año siguiente volvió a solicitar el subsidio, siendo aprobado, pero y clave en esta sentencia es que en los años siguientes, el beneficiario entregó la declaración de la Renta y otros documentos, entre ellos los relativos a la pensión de viudedad y fondos de inversión, aunque no siempre de forma completa ni en los plazos requeridos.

Una oficina de Empleo del SEPE en Madrid
Al superar el umbral de renta el SEPE procedió a extinguir el subsidio para mayores de 52 años | SEPE

El SEPE volvió a revisar y comprobó que durante más de 12 meses el trabajador había superado el umbral de rentas permitido, sumando la herencia, la pensión y otros rendimientos, y que no había justificado debidamente todos sus ingresos ni reflejado correctamente la totalidad de sus bienes en la documentación anual. Por eso, el Servicio Público de Empleo le reclamó la cantidad de 9.441,42 euros cobrados indebidamente.

Este, al no estar conforme, presentó alegaciones y una reclamación previa, ambas desestimadas, lo que le llevó finalmente a acudir a los tribunales.

Sin subsidio para mayores de 52 años y devolución del dinero

Al llegar el caso al Tribunal Superior de Justicia de Aragón, este dio la razón al Servicio Público de Empleo Estatal, al considerar que los ingresos obtenidos no podían prorratearse como es el caso de la herencia, a lo que había que sumar la pensión de viudedad.

En este sentido, el tribunal explicó que los artículos 275 y 279 de la Ley General de la Seguridad Social exigen computar como renta cualquier incremento patrimonial, incluidos los provenientes de herencias, así como el rendimiento presunto de fondos de inversión y otros ingresos, y que superar el 75% del Salario Mínimo Interprofesional durante más de 12 meses es motivo para la extinción del subsidio. Además, recalcó que la documentación presentada por el beneficiario no fue completa en tiempo, lo que impidió una valoración correcta de sus ingresos.

Por ello, y dado que no fue un caso puntual, sino que más bien era habitual el no justificar ni declarar adecuadamente los ingresos, el tribunal estableció que debía devolver los 9.441,42 euros cobrados indebidamente. Por último, aunque el SEPE extinguiera la prestación, la sentencia aclara que el afectado podrá solicitar de nuevo el subsidio si en el futuro vuelve a cumplir los requisitos.