La donación en vida de la vivienda de padres a hijos continúa ganando peso sobre la herencia tradicional por sus ventajas generales, según el INE. Tal y como explica el bufete especializado en la materia, ‘Abogados y Herencias’, ofrece mayor flexibilidad al repartir los bienes y evita futuros conflictos entre los herederos. Permite traspasar los bienes en cualquier momento, lo que facilita esta transmisión en situaciones en las que el receptor de la donación esté pasando por un momento complicado
Además, se pueden establecer diferentes requisitos u observaciones en la donación, como que se traspasa la propiedad del inmueble con la particularidad de que el donante siga disfrutando de su usufructo durante un cierto tiempo. La elección entre la donación en vida y la herencia, siguen explicando, dependerá de cada caso concreto y de múltiples factores, como las implicaciones fiscales de cada opción, la regulación aplicable en cada comunidad autónoma de España o la situación patrimonial del donante.
Cómo realizar una donación en vida de una vivienda
En el caso en que se decida optar por la donación en vida en lugar del trámite de herencia clásico, ‘Abogados y herencias’ recomienda seguir los siguientes pasos:
- Consultar a un profesional: antes de realizar cualquier donación, es recomendable buscar asesoramiento legal y fiscal de un abogado o notario especializado en donaciones y sucesiones.
- Informarse de los requisitos y trámites: esto puede incluir la presentación de documentos, como la escritura de propiedad o certificados de deudas y cargas, entre otros.
- Valoración de la vivienda: es debido determinar su valor de mercado. Esto puede ser útil para calcular los impuestos y tasas asociados a la donación.
- Acudir al notario: Ll donación de una vivienda debe formalizarse ante notario. Tanto el donante (padre) como el donatario (hijo) deben estar presentes en el acto de donación. El notario redactará la escritura de donación y se encargará de registrarla en el Registro de la Propiedad.
- Consultar con un experto las obligaciones fiscales pertinentes y cómo optimizar la donación desde el punto de vista fiscal. Por ejemplo, comprobar las particularidades en forma de bonificación de cada comunidad autónoma.
- Cláusulas y condiciones: en la escritura de donación se puede incluir aspectos como el usufructo vitalicio para el donante o la reserva de algún derecho sobre la vivienda. Estas cláusulas deben ser redactadas por el notario y acordadas entre las partes involucradas.
Mención aparte, se merecen los impuestos y tasas a pagar. Es sumamente importante tenerlo en cuenta para evitar problemas con Hacienda. La donación de una vivienda puede estar sujeta a impuestos y tasas, como el Impuesto de Donaciones. Estos pueden variar según la legislación fiscal de cada país y comunidad autónoma. Dos serán los impuestos a pagar:
- El mencionado Impuesto de Donaciones, que en este caso pagaría el hijo que recibe la donación en un plazo de 30 días hábiles desde que se realiza la donación. El porcentaje a pagar varía según la comunidad autónoma y la base liquidable, que puede oscilar entre el 7,65 % hasta el 34 %.
- El Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, más conocido como plusvalía. Si lo donado es una vivienda, un local, garaje o terreno urbano, el hijo receptor deberá pagar la plusvalía. Sin embargo, si lo donado es un terreno rústico, no se pagará la plusvalía
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