Si bien Hacienda ya ha terminado con la campaña de la declaración de la Renta 2023-2024, su labor de revisión continúa. Por este motivo muchos contribuyentes ya están recibiendo la carta con las temidas ‘declaraciones paralelas’, con el fin de solicitar la corrección de un error u omisión que han detectado en el cálculo del Impuesto de la Renta sobre las Personas Físicas (IRPF).
Este aviso de la Agencia Estatal de Administración de Administración Tributaria (AEAT) no siempre es una mala noticia. Puede que se trate simplemente de un dato que no está correcto, o de información que hay que completar, pero en todo caso, se recomienda complicar con los plazos correspondientes para evitar multas que alcanzar entre el 50% y el 150% de lo que se ha dejado de pagar.
Qué son las declaraciones paralelas
Según la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) “una declaración paralela es una liquidación que prepara la Agencia Tributaria para corregir un error o una omisión detectada al revisar nuestra declaración de IRPF”. Se llama ‘paralela’ por la forma en la que se presenta ya que en una columna se ponen los datos que ha dado el contribuyente y en otra columna, los que Hacienda considera correctos.
De esta manera, el resultado puede que no coincida, y que el Fisco detecte que se tuvo que pagar o devolver más o menos dinero, según el cálculo. Una vez que realiza esta comprobación, la AEAT envía una carta al domicilio de la persona o de forma telemática para informarle del error detectado.
Los motivos por los que Hacienda revisa la declaración del IRPF pueden ser no solo por errores de cálculo, sino que puede ser por datos incompletos, incorrectos que no coinciden con los declarados por terceros, o porque tiene defectos de forma. En todo caso, el organismo dispone de un plazo de cuatro años para realizar la revisión, aunque la mayoría de los casos se notifican dentro de los 6 meses posteriores a la presentación del trámite.
¿Qué hago si recibo una declaración paralela?
Lo más importante al recibir una declaración paralela, es mantener la calma y leer bien la notificación para cumplir con los plazos que dan para rectificar o reclamar. El contribuyente recibirá de parte de Hacienda una propuesta de liquidación provisional, es decir, lo que el Fisco considera que debería ser la declaración correcta. A partir de ese momento, se abre un plazo de 10 días para alegar y presentar documentación.
En el caso de que se haga correctamente, la AEAT puede rectificar y enviar una paralela definitiva dando por terminado el tema. Pero si no se presentan alegaciones o Hacienda no las considera, enviará de una vez, la paralela definitiva. Además abrirá un expediente sancionador, por lo que se procederá a multar al contribuyente.
La OCU recomienda que si se es consciente de que la Agencia Tributaria tiene razón, mejor no recurrir y pagar, pero si no se está de acuerdo, se puede recurrir, teniendo en cuenta que si se hace, se perderá el derecho al descuento del 30% sobre el importe de la sanción.
Multas por no cumplir con la nueva liquidación
Como se indicaba, si el contribuyente no cumple con la corrección de la declaración de la Renta que exige Hacienda, y esta tiene razón, será multado. El importe de la sanción dependerá de la gravedad de la infracción, pero suele representar entre el 50% y el 150% del dinero que se ha dejado de pagar.
Por ejemplo, si la declaración fija que se debe devolver a Hacienda 500 euros, el contribuyente será notificado de que debe pagar esa pero además, impondrá una multa que puede ser 250, 500 o 750 euros, teniendo en cuenta los porcentajes anteriormente mencionado.
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