El Gobierno de España ha aprobado en el Consejo de Ministros del 25 de junio un aumento del mínimo exento para 2024, lo que supone un gran cambio en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de miles de pensionistas y jubilados de la Seguridad Social. Tras esta decisión, estos buscan conocer quienes serán los que se libran de pagar el IRPF en la declaración de la Renta del próximo año.
Como ha anunciado la titular de Hacienda y vicepresidenta primera del Ejecutivo, María Jesús Montero, los pensionistas que estarán exentos de tributar por el IRPF en 2024 sean aquellos cuya pensión sea igual o inferior al Salario Mínimo Interprofesional (SMI), es decir, aquellos cuyas cuantías mensuales no superen los 1.134 euros al mes en 14 pagas.
Esto únicamente afecta a aquellos que reciban una pensión contributiva de la Seguridad Social, ya que a ojos de la Agencia Tributaria, tienen la consideración de “rendimientos de trabajo”. A efectos prácticos, se libran de abonar ese impuesto y, por tanto, de presentar la declaración de la Renta, los que reciban una pensión de jubilación, viudedad, incapacidad permanente, orfandad y en favor de familiares. Según las estimaciones de Hacienda, la medida afectaría a unas 5,2 millones de personas.
La decisión no supone una novedad como tal. Ya se había producido una modificación del límite exento para que las retenciones del IRPF se equipararan al SMI. Lo que ocurre ahora es que se ha incluido esa medida para que los afectados “no tengan retenciones del IRPF ni que pagar después”, expone Montero.
¿A partir de cuánto se tendrá en cuenta el límite exento para la Renta?
Según confirman desde el Ministerio de Hacienda, ese límite exento está situado actualmente en los 15.876 euros anuales. Pero no es algo que afecta en la declaración de la Renta 2023, cuyo límite para no tener que presentarla está fijado en los 15.000 euros. De ahí que el nuevo mínimo exento sea efectivo durante ese año y tendrá efectos en la campaña de la Renta 2025.
Eso sí, esto anterior afectará a los pensionistas que tengan dos pagadores y unos ingresos mínimos de 1.500 euros. Para aquellos que solo tengan un pagador; por ejemplo, la Seguridad Social, ese límite quedará fijado en los 22.000 euros, si no cambia para el año próximo.
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