En España, el Gobierno aprobó en enero el Real decreto-ley 1/2023, que por fin ha visto la luz tras su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Consiste en una norma con medidas urgente en materia de incentivos a la contratación laboral, en la que se incluye una nueva ayuda de 600 euros del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). Son muchas las dudas que ha generado: ¿Quién puede solicitarla y cómo?, ¿qué requisitos hay que cumplir?, ¿cuál es la duración máxima? Unas respuestas que se verán a continuación.
Esta ayuda económica está destinada a los trabajadores que ejercen su profesión en el ámbito artístico y cultural y que se encuentren en una situación de desempleo. Por tanto, es una forma de subsidio para asegurarles una ayuda asistencial mientras encuentran un empleo, eso sí, tiene una duración máxima.
No se centra exclusivamente en los artistas que desarrollan su actividad en las artes escénicas, audiovisuales o musicales, también está orientado para las personas que ejercen actividades técnicas y auxiliares necesarios para el desarrollo de esa actividad. Así que, estos son los beneficiarios de la ayuda.
Al tener un carácter especial, está llena de matices. Por ejemplo, es incompatible con “el desarrollo de un trabajo por cuenta propia, como autónomo, o por cuenta ajena o con cualquier otra prestación, renta mínima, renta de inclusión social o ayudas análogas concedidas por cualquier administración pública”, como recoge la norma por la que se rige.
Los requisitos para cobrar la ayuda de 600 euros del SEPE
Como se muestra en el real decreto, todos los beneficiarios que quieran cobrar la subvención no tienen que tener derecho a la prestación contributiva por desempleo, es decir, que si el SEPE ve que hay meses de paro acumulado, primero hay que agotarlo para luego pedir la ayuda de 600 euros.
Al mismo tiempo, acreditar un mínimo de 60 días dado de alta con prestación real de servicios en la actividad artística en los 18 meses (año y medio) anteriores a la situación de desempleo o al momento en que se cesó la obligación de cotizar.
Las personas que acrediten una cotización mínima de 180 días en el Régimen General de la Seguridad Social también pueden cobrarla, siempre que haya sido dentro de los 6 años anteriores a la situación de desempleo o desde que finalizó la obligación de cotizar.
Cuantía y duración de la ayuda de 600 euros para los artistas
A pesar de que se ha dicho que la cuantía de 600 euros, hay que explicar unos matices para entender cuál es el importe real y de dónde viene esa cifra.
Al igual que los subsidios por desempleo que se cobran después del paro, la cuantía a recibir es del 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) vigente en cada momento, es decir, 480 euros al mes. Pero hay una excepción: “cuando la media diaria de las bases de cotización correspondientes a los últimos 60 días de prestación real de servicios sea superior a 60 euros, será igual al 100% del IPREM”, como reza en el BOE.
Ese IPREM mensual está fijado actualmente en 600 euros, por los que ese es el máximo a cobrar por esta ayuda.
La duración máxima queda establecida en 120 días, en otras palabras, un total de cuatro meses.
Cómo solicitar la ayuda de 600 euros en 2023
Los profesionales técnicos de espectáculos y artistas que quieran solicitar en el Servicio Público de Empleo Estatal la subvención pueden hacerlo a través de la Sede Electrónica del SEPE para hacer el trámite. Si eligen esta opción, deben enviar la presolicitud a través de la opción ‘Solicitud de prestación contributiva (alta o reanudación)’. Dentro del campo ‘Observaciones’, pulsar la opción ‘Prestación especial de artistas’.
Otra vía habilitada es la entrega presencial de la solicitud. Basta con pedir cita previa en el SEPE y acudir a una de las oficinas provinciales y entregar en el día y hora indicada el formulario.
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