Cuando se alquila una vivienda, es habitual que a lo largo de la vida del contrato de arrendamiento surjan desperfectos o averías en el inmueble. Una muy usual ahora que se acerca el verano y el calor aprieta es que se estropee el aire acondicionado, y haya que repararlo para poder soportar las altas temperaturas, pero ¿a quién correspondería pagar este arreglo al casero o al inquilino?
La respuesta es que depende, y es que la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) en la que quedan regulados los alquileres, prevé que dependiendo del tipo de avería o desperfecto tendrá que hacerse cargo el propietario de la vivienda o el inquilino.
Quién tiene que pagar el arreglo del aire acondicionado en un piso de alquiler
Tal y como viene recogido en la LAU los gastos de las reparaciones en una vivienda alquilada corresponden a cada una de las partes dependiendo del tipo y la causa de los mismos.
Según el artículo 21 de la citada ley en el que se regula la conservación de la vivienda:
- El propietario tendrá que hacerse cargo de las reparaciones necesarias para conservar la vivienda en buenas condiciones de habitabilidad para servir al uso pactado, salvo que el deterioro sea provocado por causas imputables al inquilino.
- El inquilino tiene que correr con los gastos de las pequeñas reparaciones provocadas por el desgaste del uso habitual de la vivienda.
En base a lo expuesto en la ley, el arrendatario (inquilino) tendría que hacerse cargo de los pequeños arreglos del aire acondicionado, y de otros electrodomésticos como la lavadora, como puede ser un cambio de filtros, o de alguna pieza que se estropee de la utilización y el paso del tiempo y que sea no suponga un coste excesivo.
Por otra parte, el propietario será el que corra con los gastos de las averías importantes, que supongan un desembolso mayor, salvo en el caso de que la avería esté provocada por mal uso o negligencia del inquilino.
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