
Siempre que un trabajador queda en desempleo, el objetivo del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) es el de protegerles económicamente con alguna ayuda por desempleo. En cada mes, son miles los que acuden a sus oficinas para ver qué ayuda económica para jóvenes tienen si han trabajado un máximo de 180 días y tienen cargas familiares. La administración confirma que tienen disponible una de 480 euros mensuales, pero para acceder a ella deben demostrar un mínimo de requisitos.
Consiste en un subsidio por desempleo al que puede accederse a pesar de no cumplir con el periodo mínimo de cotización para cobrar la prestación contributiva por desempleo (el paro): el subsidio por insuficiencia de cotización. Es decir, que para optar a él la persona ha tenido que cotizar entre 90 y 359 días antes de solicitarlo. ¿Qué se necesita para cobrarlo?
Requisitos del SEPE para cobrar el subsidio por insuficiencia de cotización
Tal y como expresan desde el portal web del SEPE, en su apartado ‘He trabajado menos de un año’ siempre que una persona haya quedado en desempleo y busque cobrar esta ayuda asistencial debe demostrar los siguientes requisitos:
En primer lugar, estar en desempleo o en situación legal de desempleo y permanecer inscrito como demandante de empleo durante todo el tiempo que se reciba. Al mismo tiempo, habrá que suscribir un compromiso de actividad y haber cotizado un mínimo de 90 días, si se tienen hijos a cargo.
Además, el organismo público exige al solicitante que cumplan con una mínima carencia de rentas. Es decir, que los ingresos que tenga cada mes no lleguen a superar el 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), o lo que es lo mismo, 850,50 euros al mes.
No hay que pasar por alto que si la persona tiene 52 años o más, directamente tendrá derecho a cobrar el subsidio para mayores de 52 años. En este caso, además de las exigencias anteriores, deberá cumplir con un periodo mínimo de cotización.
Cómo solicitar el subsidio por insuficiencia de cotización
El SEPE avisa de que la persona desempleada tiene la obligación de presentar la solicitud en el plazo de 15 días hábiles desde que queda en situación de desempleo. Precisamente, al día siguiente.
El organismo público, tanto el SEPE como el Instituto Social de la Marina, suele dictar resolución en los 15 días hábiles siguientes desde que reciben la solicitud. Esta podrá presentarse a través de estas vías:
- Sede Electrónica del SEPE.
- En cualquier ofician de prestaciones, solicitando previamente una cita.
- En las oficinas de registro público.
- A través de correo administrativo.
Cabe mencionar que si hubiera algún problema o se necesitara resolver cualquier duda, pueden llamar al teléfono de atención a la ciudadanía, el 060. Este tiene un corte, pero su servicio es de 24 horas.

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