Estas son las deducciones que puedes aplicar en la próxima declaración de la Renta

Todos los gastos que se pueden desgravar del IRPF. Deducciones aplicables en la declaración de la Renta a tener en cuenta antes de rendir cuentas a Hacienda.

Las deducciones que puedes aplicar en tu próxima declaración de la Renta
Deducciones aplicables en la declaración de la Renta
Esperanza Murcia

La Campaña de la Renta 2022 comenzará el próximo 6 de abril, cuando se abrirá el plazo para que los contribuyentes puedan presentar la declaración de la Renta. Si eres uno de los que tiene la obligación de rendir cuentas ante la Agencia Tributaria, te conviene saber todos los gastos que puedes desgravarte en el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF).  

Conviene recordar que para que un gasto pueda ser deducido en la declaración de la Renta se tienen que cumplir una serie de requisitos. Además, los mismos tendrán que ser justificados con facturas o recibos donde se incluyan los datos fiscales del contribuyente, teniendo que aparecer también en su libro de gastos e inversiones. 

Deducciones aplicables en la declaración de la Renta

Las deducciones que a continuación se van a presentar son de carácter general, ya que cada comunidad autónoma puede ofrecer otro tipo de reducciones. Asimismo, estas normas pueden tener un porcentaje de desgravación distinto dependiendo de nuevo del organismo autonómico, que puede modificar el mismo. A rasgos generales, estas son las deducciones a tener en cuenta en la próxima declaración de la Renta. 

Gastos hipotecarios de la vivienda habitual 

Si bien la deducción por la adquisición de vivienda habitual se limitó en 2013 por decisión del Gobierno, aquellas personas que compraron una vivienda y contrataron una hipoteca antes del 31 de diciembre de 2012 pueden seguir desgravando estos gastos siempre que los hubieran venido desgravando anteriormente. Para disfrutar de este beneficio fiscal la vivienda hipotecada debe de ser la residencia habitual (no entran las segundas viviendas) y la hipoteca tuvo que ser firmada para la compra de dicha vivienda. Si se cumplen estos requisitos la deducción puede ser de hasta un 15 % con una base máxima de 9.040 €. Aquí también se pueden incluir los productos asociados como seguros del hogar, seguros de vida, amortizaciones anticipadas o seguros antiincendios.

Planes de pensiones

Las aportaciones a los planes de pensiones también son reducibles en la base imponible de la declaración de la renta. No obstante, su aplicación se ha visto reducida en los últimos años. Anteriormente, la ventaja fiscal era del 30% de las rentas de trabajo, o bien 8.000 euros totales, pero ahora las aportaciones personales a estos planes no pueden superar los 2.000 euros. Los planes de empresa sí que podrían recibir hasta 8.000 euros, siempre que no superen los 10.000 euros si se combinan ambos (aportaciones personales y empresariales). 

También se ha reducido la cantidad que se puede aportar al plan del cónyuge con posibilidad de deducción, pasando de 2.500 a 1.000 euros al año. Sobre los seguros privados de dependencia, también han sufrido una reducción: pasan de 8.000 a 2.000 euros. 

Donaciones a entidades sin ánimo de lucro

Los donativos realizados a asociaciones y entidades sin ánimo de lucro (federaciones deportivas u ONG, entre otras) también están sujetos a deducciones: un 80% para los primeros 150 euros y un 30% sobre el exceso de dichos donativos. Asimismo, si se diera la condición de que en los dos años anteriores se hubieran realizado donaciones a la misma entidad por un importe igual o superior al del ejercicio anterior, se puede aplicar una deducción del 40% del importe que exceda de 150 euros.  

Cuotas sindicales, aportaciones a partidos políticos y colegios profesionales

Las personas que estén colegiadas para ejercer su profesión se pueden deducir hasta 500 euros al año de las cuotas colegiales. Aquellas que estén afiliadas a un partido político podrán deducirse hasta un 20%, hasta un máximo de 600 euros anuales, mientras que los inscritos a sindicatos pueden aplicarse una reducción desde el 20 al 35% de las cuotas sindicales. 

Alquiler de una vivienda 

A nivel estatal solo es aplicable para los contratos firmados antes de 2015, aunque numerosas comunidades autónomas también ofrecen esta deducción. Los que cumplan este requisito, pueden deducir del alquiler hasta un 10,05% sobre una base máxima de 9.040 euros al año. 

Por obras de mejora de la eficiencia energética de viviendas

Entre las novedades de Hacienda a tener en cuenta, están las deducciones para “impulsar la rehabilitación edificatoria” que llega hasta el 20% con un máximo de 5.000 euros. Está destinada a la realización de obras de mejora para la eficiencia energética de viviendas, aunque solo pueden beneficiarse de esta medida las obras realizadas hasta el 31 de diciembre de 2022 y que permitan una reducción como mínimo del 7% en la demanda de calefacción y refrigeración. 

En la misma línea, también se han aplicado deducciones del 40% para obras que mejoren “el consumo de energía primaria no renovable”, con un máximo de 7.500 euros. Una vez más solo es aplicable a las obras realizadas hasta el 31 de diciembre de 2022, siempre que contribuyan a una reducción de al menos el 30% en el consumo de energía primaria no renovable. 

Asimismo, existe una tercera deducción por obras de rehabilitación para mejorar la eficiencia energética en edificios de uso residencial, incluyéndose aquellas ejecutadas hasta el 31 de diciembre de 2023. Para aplicar la deducción se debe presentar el certificado de eficiencia energética de reducción del consumo de energía primaria no renovable de un 30% como mínimo, aunque también vale con la mejora de la calificación energética del edificio para obtener una clase “A” o “B”. En caso de cumplirlo, los contribuyentes pueden deducirse hasta un 60%, con un límite máximo de 15.000 euros.

Deducción por maternidad

Las familias pueden disfrutar de una deducción de 1.200 euros por cada hijo menor de tres años nacido en España. En caso de adopción o acogimiento se aplica independientemente de la edad del menor durante los siguientes 3 años a su fecha de inscripción en el Registro Civil. 

Deducción por familia numerosa 

Los ascendientes o hermanos huérfanos de padre y madre que formen parte de una familia numerosa cuentan con una deducción de 1.200 euros anuales o 2.400 si la familia numerosa es de categoría especial. En los casos en los que el cónyuge del contribuyente tuviese discapacidad y estuviese a su cargo, también se tiene derecho a una deducción de 1.200 euros anuales. 

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