Declaración de la Renta: ¿se paga más por tener dos pagadores?

Los contribuyentes con dos o más pagadores no tienen por qué pagar más en la declaración de la Renta. Esta es la causa por la que siempre les sale “a pagar”.

¿Se paga más en la declaración de la Renta por tener dos pagadores?
Declaración de la Renta con dos o más pagadores
Esperanza Murcia

Las personas con dos o más pagadores le temen especialmente a Hacienda. Siempre se ha dicho que les toca pagar más en la declaración de la Renta, pero lo cierto es que no es así. No, al menos, si se aplican las retenciones del IRPF adecuadamente. De hecho, si se cumple con esta norma la declaración no tiene por qué salir “a pagar”. Los problemas llegan cuando el segundo pagador aplica este impuesto como si fuera la única fuente de ingresos del trabajador. 

Antes de profundizar en este aspecto, conviene dejar claro cuáles son los límites para las declaraciones con dos o más pagadores. Tal como establece la Agencia Tributaria, tienen la obligación de presentar la declaración de la Renta aquellos trabajadores que superan los 14.000 euros teniendo más de un pagador, siempre que hayan cobrado más de 1.500 euros del segundo (o de la suma del resto de pagadores, además del primero). ¿Esto implica que tengan que pagar más impuestos? La respuesta es no y a continuación explicamos el motivo. 

¿La declaración de la Renta siempre sale “a pagar” con dos pagadores?

Tener dos pagadores no tiene que ser equivalente a pagar más impuestos que un contribuyente con un único pagador. Ni siquiera indica que la declaración de la Renta siempre tenga que salir “a pagar”. Entonces, ¿por qué ocurre? Esta situación se produce por no ajustar el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) a la situación del trabajador. 

Esto es, en la mayoría de los casos en los que se tiene más de un pagador los empleadores establecen las retenciones del IRPF en la nómina sin tener en cuenta al resto de pagadores. En otras palabras, cada uno lo aplica como si fuera un único pagador, cuando realmente no es así. Por este motivo, al trabajador se le está aplicando unas retenciones menores a las que les corresponde, tributando por debajo de lo establecido, por lo que el resultado acaba siendo “a pagar”. 

Esta regla funciona para todos los contribuyentes, independientemente del número de pagadores: si las aplicaciones son menores a las obligatorias, tocará pagar a Hacienda. Sobre este punto hay que recordar que el IRPF es un impuesto progresivo que se aplica según los ingresos percibidos: cuánto mayor son los ingresos, mayor es la base imponible y el tipo impositivo aplicable. ¿Qué ocurre? Que las empresas no tienen en cuenta que su trabajador está recibiendo ingresos de otros empleadores, por lo que se olvidan de ajustar el IRPF a su nivel de ingresos. 

Sin embargo, la Agencia Tributaria sí que tiene en cuenta el cómputo total de los ingresos recibidos a la hora de calcular las retenciones. De ese modo, cuando comprueba que el gravamen es superior al tipo impositivo que se la ido aplicando al trabajador, determina que la declaración de la Renta salga “a pagar”. Las personas que se vean en esta situación no tendrán más que pedir voluntariamente a la empresa que suba la retención del IRPF. Así quedaría solucionado el problema. 

Excepciones que obligan a hacer la declaración de la Renta 

Hay determinadas situaciones que obligan a que un contribuyente con dos pagadores tenga que presentar la declaración de la Renta aunque no supere el límite establecido de 14.000 euros. Estas excepciones se refieren a las personas que han percibido pensiones compensatorias del cónyuge o anualidades por alimentos, a no ser que estas últimas procedan de los padres por decisión judicial; cuando los pagadores de los rendimientos no estén obligados a retener (como es el caso de las pensiones del extranjero); y cuando se perciban rendimientos íntegros del trabajo sujetos a tipo de retención. 

Asimismo, conviene señalar que todos los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital (IMV) tienen la obligación de hacer la declaración de la Renta. También se tiene que considerar qué entiende Hacienda por segundo pagador, para evitar cualquier problema con el organismo: será cualquiera que aparezca con un identificar distinto, incluyendo ayudas sociales, la prestación por desempleo (paro), algunas pensiones o los ERTE.

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