
Si por algo se caracteriza el régimen de trabajadores por cuenta propia de la Seguridad Social (el RETA) es que no cotiza para la prestación contributiva por desempleo del SEPE. Sin embargo, para ofrecer una mínima protección económica en algunos periodos, sí que se contempla otro tipo de prestación conocido como “el paro de los autónomos”. De ahí que busquen conocer: ¿En qué momento los autónomos pueden cobrar el cese de actividad?
Hay que decir que siempre que el trabajador por cuenta propia deba abandonar su actividad laboral de forma temporal, tiene derecho a ese cese. Eso sí, hay que cumplir con unos requisitos previos.
¿En qué consiste el cese de actividad? Consiste en una prestación por desempleo parecida a la de los asalariados con el objetivo de proteger a este colectivo frente a la pérdida de ingresos que le puede generar cesar su actividad de forma no voluntaria. Pero, ¿en qué consiste realmente esa prestación?
¿Cuáles son las situaciones en las que los autónomos tienen derecho a paro?
Entre las cuotas de autónomos que estos pagan religiosamente todos los meses a la Seguridad Social no se contempla la posibilidad de cotizar para la prestación contributiva de desempleo, solo para las pensiones. El cese de actividad solo puede cobrarse en ciertas situaciones puntuales.
Es más, no le corresponderá al Servicio Público de Empleo Estatal hacer frente al pago, sino que es la mutua la encargada de pagar el 70% de la base de cotización de la cuota mensual.
Estos son las situaciones en los que un trabajador por cuenta propia puede cobrar “el paro de los autónomos”:
Los motivos económicos, técnicos, productivos u organizativos. Ocurre cuando se produce un cese temporal o definitivo. Si se cierra el negocio o se transfiere a un tercero, siempre que haya tenido pérdidas en un año completo de más del 10% de los ingresos obtenidos en el mismo periodo, sin contar con el primer año de actividad.
Al producirse ejecuciones judiciales o administrativas, siempre que la persona tenga deudas de más del 30% de los ingresos del ejercicio anterior. También por el cierre por declaración judicial de concurso que impida seguir la actividad.
En las ocasiones de cierre de empresa por fuerza mayor, como ocurrió con la pandemia, también se tiene derecho a eso. Otro ejemplo sería la pérdida de la licencia administrativa siempre que o venga derivada por la Comisión de Infracciones Penales.
Existe una cobertura de cese de actividad a las víctimas de violencia doméstica y de violencia de género cuando ya no puedan desarrollar su trabajo. Al mismo tiempo, se contempla el cese por divorcio o separación matrimonial, siempre con resolución judicial. Esto ocurre cuando la persona forma parte de un negocio familiar del excónyuge y estuviera dado de alta como autónomo colaborador.
Los requisitos para cobrar la prestación por cese de actividad
Entre las condiciones que impone régimen de autónomos para que se pueda cobrar esa prestación es que se esté afiliado y en situación de alta vigente en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social.
El interesado tiene que contar con un periodo mínimo de cotización por cese de actividad de 12 meses, comprendido en los dos años anteriores y consecutivos a la situación legal de cese. Justo esa situación es fundamental y debe justificarse.
Al mismo tiempo, hay que demostrar una disposición activa para reincorporarse al mercado de trabajo emprendiendo, o bien, mediante actividades formativas y de orientación profesional. Es decir, estar dispuesto a reincorporarse al mercado de trabajo.
En los casos donde es escenario sea un parón definitivo, no debe haber alcanzado la edad ordinaria de jubilación, excepto que no se tuviera el periodo de cotización necesario para esa pensión.
Los tipos de cese de actividad a la que pueden acogerse los autónomos en 2023
El actual sistema de autónomos recoge hasta cuatro tipos de paro para el colectivo de trabajadores por cuenta propia. Corresponde con los detallados a continuación:
- Cese parcial con reducción de la actividad.
- Paro parcial por fuerza mayor.
- Prestación ante nuevos ERTE por crisis cíclicas.
- Prestación ante nuevos ERTE por crisis sectoriales.
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