
La relación entre los autónomos y el Ministerio de Hacienda sigue siendo de tiras y aflojas. Como se ha conocido recientemente, la Agencia Tributaria parece no estar muy de acuerdo en la eliminación del IVA trimestral para aquellos que facturen menos de 85.000 euros, tal y como se hacía entrever por dicha administración en 2024. Bien es cierto que este retraso tiene una fecha límite como obliga la directiva europea sobre este impuesto en la política comunitaria.
A pesar de que la asociación de autónomos ATA ya ha informado que seguirá luchando por conseguir este hito (España es el único país que aún no ha implantado la decisión de la UE), parece ser que el Ministerio de María Jesús Montero no está por labor y la medida no llegará a implantarse hasta su fecha límite: el 1 de enero de 2025.
España es el único país de la UE en el que los autónomos no tienen un IVA franquiciado…Somos el único país que no ha traspuesto la directiva europea
— Lorenzo Amor (@lorenzoamor_ata) March 13, 2024
Hoy en la reunión del Foro Fiscal dé Autónomos y Pymes @Haciendagob se ha negado a que los autónomos españoles tengan esta ventaja…
Este IVA franquiciado, como así se le conoce, no está entre los planes de la administración como se expresó el pasado miércoles en la mesa de negociación, donde se trataron otros temas como el derecho al error tributario o la desaparición del sistema de módulos. Aunque se expresó la negativa a aplicar la exención de declarar el IVA a los autónomos que operan en el país, si que podrían aplicarse para las operaciones transnacionales, como apuntan desde Autónomos y Emprendedores.
Otras cuestiones a tratar por ese Foro de Federaciones y Asociaciones de Trabajadores Autónomos es la posibilidad de incrementar la deducción del IRPF en la declaración de la Renta para autónomos con gastos que no puedan justificar. Actualmente es del 7% como introdujo la reforma del sistema por ingresos reales el pasado 2023. Al mismo tiempo, se estudia aumentar los gastos que tengan el carácter de deducible, como la comida o los desplazamientos en vehículos de empresa.
¿En qué consiste el sistema de IVA franquiciado para los autónomos?
El IVA franquiciado es un sistema que tiene la intención de simplificar las obligaciones fiscales de los autónomos, pero solo para aquellos que tengan una facturación de menos de 85.000 euros en cada ejercicio económico. Por tanto, afecta a una gran parte de los trabajadores por cuenta propia en España.
Es necesario tener en cuenta que cuando una persona facture menos de ese importe establecido en la directiva europea, no tendrá la obligación de acogerse a ese IVA franquiciado, sino que será una decisión optativa.
Si lo desean, pueden seguir como a este momento, es decir, que tengan que declarar ese Impuesto sobre el Valor Añadido, donde deben incluirlo en todas las facturas que reciben sus clientes. Este gravamen corresponde al tipo de producto o servicio que ofrecen y puede ser del 21%, del 10% o del 4%.
¿Cuáles serán las obligaciones fiscales en ese futuro régimen de IVA franquicia?
Las obligaciones fiscales y de contabilidad a las que se deberán enfrentar los trabajadores por cuenta propia, como muy tarde a partir de enero de 2025, corresponde con las siguientes:
- Hacer una declaración censal.
- Cumplir con las obligaciones de facturación y las registrales.
- La aportación de los Libros Registro del IVA e IRPF en el mismo plazo que la declaración resumen anual.
Al mismo tiempo, es probable que ese canal de información que tienen los autónomos con la Agencia Tributaria se presente únicamente una vez al año y no sea trimestral, como ahora. El único requisito para esto es que pasen a formar parte de ese régimen y facturen menos del límite establecido.

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