Un administrador de fincas lo deja claro: “Una comunidad de propietarios no puede prohibir en sus estatutos a los propietarios tener animales”

Aunque la comunidad de vecinos no puede prohibir tener mascotas en las viviendas, sí que puede regular su acceso a ciertas zonas comunes y tomar medidas en el caso de que molesten a otros propietarios.

Un perro en el balcón de un edificio |Envato
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Cada vez son más personas las que conviven con animales en casa. Las mascotas son un miembro más de la familia, y es por eso que a la hora de elegir una casa o piso para vivir, también se tienen en cuenta. Y es que, por ejemplo, a la hora de alquilar, los caseros pueden prohibir tener animales. Pero, qué pasa si se trata de un inmueble en propiedad, ¿puede la comunidad de vecinos prohibir a los propietarios tener mascotas en sus viviendas? 

El administrador de fincas, Álex Nasu, ha respondido a esta pregunta a través de un vídeo en sus redes sociales. “La respuesta es no. Una comunidad de propietarios no puede prohibir en sus estatutos a los propietarios tener animales”.

Esto significa que los vecinos no pueden votar en junta ni incluir en los estatutos una cláusula que prohíba tener perros, gatos u otras mascotas dentro de los domicilios, ya que supondría una vulneración del derecho de propiedad.

El caso de los contratos de alquiler

El administrador matiza, no obstante, que la situación es distinta en los arrendamientos como ya se había avanzado. Otra cosa distinta es que tú en el contrato de alquiler acuerdes con el propietario del piso, que no se pueden tener animales en la vivienda. Eso es una cosa distinta”.

En este caso, al tratarse de un contrato privado entre arrendador e inquilino, sí puede pactarse la limitación de tener mascotas, siempre que ambas partes lo acepten expresamente.

Lo que sí puede regular la comunidad respecto a las mascotas

Aunque no se pueda prohibir tener animales en los pisos, Nasu recuerda que las comunidades sí pueden regular su uso en los espacios comunes. Algo que sí se puede decidir a nivel de comunidad es qué ocurre en los espacios en las zonas comunes. Por ejemplo, que los propietarios tengan que llevar a los perros atados o que no se les pueda dejar sueltos”, explica.

Además, advierte que si un animal genera molestias constantes, como ladridos continuos, podría considerarse una actividad molesta dentro de la comunidad, lo que abriría la puerta a medidas legales específicas.

En definitiva, los propietarios no pueden ver limitada la posibilidad de tener animales en sus viviendas por los estatutos de la comunidad, aunque sí deben cumplir las normas de convivencia y el uso correcto de las zonas comunes.

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