El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha otorgado a una trabajadora con problemas de salud mental la pensión por incapacidad permanente, así como el complemento de Gran Invalidez. Esta trabajadora con esquizofrenia, ha estado padeciendo esta enfermedad mental durante más de 15 años, sin embargo, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) solo le había reconocido una incapacidad permanente absoluta. Ahora la justicia rectifica a la Seguridad Social y la trabajadora percibirá una pensión de 2.032 euros.
Bajo la sentencia 326/2023 del TSJM, se encuentra una mujer de 51 años de edad que trabajaba como administrativa. Sus problemas esquizofrenia en 2019, derivaron en que esta mujer solicitara una incapacidad permanente a la Seguridad Social. El Equipo de Valoración de Incapacidades (EVI), fue el que, tras examinarla, le concedió una incapacidad permanente total al padecer un trastorno esquizofrénico. Una vez concedido este grado, la trabajadora ya no podría desarrollar su profesión habitual, pero sí otra distinta.
Por este grado, le fue concedida una pensión igual al 55% de su base reguladora. Es decir, que esta mujer percibiría una pensión de 17.430 euros, repartidos en 14 pagas de 1.245 euros. Esto es así, ya que al derivar de una enfermedad común este tipo de pensión se percibe en 14 pagas.
La Seguridad Social revisó su incapacidad permanente
El estado de salud mental de esta mujer había empeorado e incluso tuvo que ser ingresada hasta en dos ocasiones, una en octubre y noviembre de 2018, tal y como señala el portal Confilegal. A esto había que sumar, que el confinamiento por la crisis sanitaria del coronavirus, hizo que su estado de salud empeorara.
Tras su revisión por el Equipo de Valoración de Incapacidades, la médica inspectora de la Seguridad Social declaró que esta mujer había despertado nuevas limitaciones. Entre ellas puerilidad, pensamiento empobrecido con síntomas de deterioro psicótico, inestabilidad emocional, alteración del sueño, somatizaciones, incontinencia urinaria mixta y factores estresantes que le requerían intervención intensiva por psiquiatría y psicología.
Debido al cuadro de salud que presentaba, la Seguridad Social tras su valoración le concedió la incapacidad permanente absoluta. En este grado, ya no es posible, salvo casos muy concretos, realizar ninguna actividad laboral. La cuantía en este caso sería, el 100% de la base reguladora. Es decir, que percibiría 31.690,82 euros anuales, lo que corresponde a 2.263,63 euros en 14 pagas.
La Seguridad Social denegó la Gran Invalidez
La trabajadora solicitó a la Seguridad Social que le concediera el grado de Gran Invalidez, ya que la misma alegada que debido a su problema de salud mental necesitaba la ayuda de una tercera persona para hacer actividades básicas de la vida cotidiana. La Seguridad Social le denegó este complemento.
Según un informe emitido en agosto de 2021 por la Dirección General de Coordinación de la Dependencia de la Comunidad de Madrid, determinó que su grado de autonomía era de 2 sobre 3. Esto significa que le correspondería, pero la Seguridad Social no se la concedió, por lo que la trabajadora tuvo que presentar un recurso ante los tribunales.
Así, el Juzgado de lo Social Número 6 de Madrid, dio la razón a la trabajadora y obligó a la Seguridad Social a conceder el complemento de Gran Invalidez. Esta cuantía sería el resultado de sumar el 45% de la base mínima de cotización vigente cuando se reconoció la incapacidad, y el 30% de la última base de cotización de la trabajadora, lo que supondría un ingreso extra de 787 euros.
La Seguridad Social recurrió dicha sentencia al considerar que las limitaciones de esta trabajadora no eran constitutivas para la concesión de una Gran Invalidez y si, para la incapacidad permanente en grado absoluto. El motivo que alega la Seguridad Social era que esta mujer solo necesitaba ayuda de manera parcial.
Una vez llegado este recurso al Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el mismo coincide con la sentencia pronunciada por el Juzgado de lo Social Número 6 de Madrid. Este señala en la sentencia que aunque para algunas tareas básicas de la vida cotidiana no precisa de una tercera persona, sí lo necesita para tomar la medicación. La medicación es importante e imprescindible para que esta mujer lleve una mejor vida diaria, por lo que es necesario de esta tercera persona.
De esta forma, el Tribunal Superior de Justicia desestima el recurso de la Seguridad Social y obliga a reconocer a esta trabajadora una incapacidad permanente en grado de absoluta más el complemento de Gran Invalidez.
Esto significa que cobrará una pensión por la absoluta 31.690,82 euros anuales, lo que corresponde a 2.263,63 euros en 14 pagas, más un complemento de gran invalidez de 11.018 euros al año, 787 euros al mes. Esto significa una pensión total de 42.708,82 euros anuales, 3.050,63 euros al mes, es decir, que rozaría la pensión máxima en 2023.
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