Los subsidios son ayudas extraordinarias que concede el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) a trabajadores que tras agotar la prestación contributiva o sin tener acceso esta siguen sin encontrar empleo y debido a su situación carecen de rentas e ingresos. En la mayoría de ocasiones es necesario contar con cargas familiares para poder solicitarlo, pero existen ciertos subsidios en los que no será necesario.
El antiguo INEM cuanta con una total de 8 tipos de subsidios por desempleo más 2 ayudas extraordinarias y, aunque es necesario contar con responsabilidades familiares hay otros que no lo tienen en cuenta. Por el contrato se exigirá otra serie de condiciones como la de, no contar con renta superior a los 750 euros al mes, 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI).
Estas prestaciones de 463,21 euros al mes forma parte del plan de protección contra el desempleo que ofrece el ministerio de Trabajo y Economía Social. La duración variará dependiendo del tiempo cotizado, la edad del parado o si tiene la condición de desempleado de larga duración.
Subsidios para desempleados sin cargas familiares
A continuación, esta es la lista de subsidios que ofrece el SEPE a desempleados que no cuenten con cargas familiares. Dependiendo de los requisitos se podrá acceder a una u otra.
Subsidios por insuficiencia de cotización: Prestación para parados que no cuenten con el mínimo para solicitar la prestación contributiva (el paro). Es decir, que tienen menos de 360 días cotizados y carecer de ingresos económicos por debajo del 75% del Salario Mínimo Interprofesional. En el artículo de subsidio por insuficiencia de cotización se explica todas las condiciones necesarias y como solicitarla paso a paso.
Subsidio para mayores de 52 años: subsidio de 451 euros al mes que se cobra hasta la edad de jubilación. Para este es necesario contar con 52 años de edad y tener al menos 15 años cotizados y que de estos al menos dos se encuentren dentro de los 15 últimos años antes de presentar la solicitud de la ayuda.
Subsidio para mayores de 45 años: prestación para desempleados de larga duración que tengan más de 45 años y no tengan responsabilidades familiares. Su duración será de seis meses y no existirá opciones a prórrogas. En el caso de que, el último contrato fuera a media jornada el susidio se verá reducido a 225,5 euros al mes. En esta sección se explica cómo solicitar al subsidio para mayores de 45 años.
Subsidio para emigrantes retornados: destinados a trabajadores que han cotizado fuera de España y necesitan de una ayuda al con rentas bajas o en riesgo de exclusión y pobreza. La duración será de 6 meses, pero será posible solicitar tres prórrogas más. Aquí se puede ampliar más información sobre la ayuda para emigrantes retornados.
Renta Activa de Inserción (RAI): aunque esta ayuda está destinada a desempleados con cargas familiares existen una posibilidad y es si ser parado mayor de 45 años y ha agotado toda prestación contributiva y resto de subsidios. Durará por once meses, pero se podrán solicitar otras dos prórrogas más dejando siempre un mes de carencia. La Renta Activa de Inserción es una ayuda extraordinaria es decir, es la última que se debe de pedir.
Subsidio para liberados de prisión: destinada a personas que acaban de salir de prisión. Se puede solicitar por un periodo de seis meses, pero en el caso de no tener otros ingresos se podrá ampliar hasta por dos veces más.
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