El cobro de los subsidios por desempleo puede generar una serie de dudas para los desempleados que estén cobrando una u otra. Estas cuestiones se hacen más presentes en el momento en el que se agota la prestación no contributiva y se debe prorrogar, no sabiendo exactamente cuándo es el momento para poder llevar a cabo ese aumento del pago de las ayudas económicas que se conceden desde el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).
El tiempo en el que se puede pedir la ampliación del cobro del subsidio debe llevarse a cabo con una normativa muy sencilla. Pero hay más que se tiene que saber, ya que de las ayudas que se ofrecen para los desempleados inscritos en el SEPE es necesario tener muy claro que solo se podrá realizar durante unos días muy concretos, no pudiendo hacerlo ni antes ni una vez que se ha pasado el límite de tiempo establecido por la administración.
De las seis prestaciones no contributivas que se van a detallar a continuación, solo se podrá solicitar una prórroga del subsidio en 4 casos. Pero será en 3 cuando tengan un mismo tiempo para hacerlo, mientras que hay un caso especial en el que se deberá esperar mucho más tiempo si se quiere volver a cobrar esta prestación salvo en unos casos. Hay que tener en cuenta que es obligatorio cumplir con las mismas condiciones que se pedían desde la institución cuando se cobró por primera vez.
Hay dos subsidios que no tienen opción de prórroga
El Servicio Público de Empleo Estatal ofrece a los desempleados un total de 6 ayudas no contributivas cuando agotan el paro o no tienen derecho al mismo. De éstas seis prestaciones, hay 2 que no tienen la posibilidad de poder solicitar una prórroga y que por lo tanto, una vez que se agotan, se pierde el derecho de seguir cobrándola.
Se trata, por un lado del subsidio para los desempleados mayores de 45 años y, por otro lado, el Subsidio Extraordinario por Desempleo (SED). Ambas ayudas tienen un tiempo máximo de cobro de 6 meses, lo que hace que, una vez que se agoten, no se pueda aumentar, ya que habitualmente esa ampliación de la duración se realiza cada semestre, es decir, cada 6 meses.
El SEPE permite prorrogar el cobro en 4 subsidios
Por otro lado hay un total de 4 ayudas no contributivas de las que sí se puede solicitar una prórroga y, por lo tanto, un aumento de la duración del tiempo durante el que se puede cobrar los 463,21 euros mensuales que el SEPE paga a los beneficiarios. Estos son los correspondientes a las siguientes ayudas:
- Subsidio por insuficiencia de cotización: Se puede cobrar hasta 21 meses.
- Ayuda familiar: Se puede cobrar hasta 30 meses.
- Subsidio para mayores de 52 años: Se puede cobrar hasta la edad de jubilación.
- Renta Activa de Inserción: Se puede cobrar durante 33 meses.
Pero no en todos los casos se puede hacer la prórroga durante el mismo tiempo, sino que dependerá de la ayuda que se esté cobrando para tener claro cuándo debe llevarse a cabo la gestión con la administración pública de empleo. Por ese mismo motivo se deben diferenciar todos los casos tal y como se mostrará a continuación:
- Subsidio por insuficiencia de cotización y Ayuda Familiar: Se puede pedir cuando se cumplen los 6 meses de cobro. Teniendo que hacerlo desde ese día hasta el día número 15 después del agotamiento.
- Subsidio para mayores de 52 años: Se prorroga una vez al año a través de la Declaración Anual de Rentas. Esto se hace cuando se cumple un año desde que se estaba cobrando.
- Renta Activa de Inserción: Se puede cobrar durante 11 meses y, para poder prorrogarla, hay que esperar un año en blanco. Una vez se cumple, se puede volver a pedir durante 15 días. Aunque es posible cobrar los 33 meses seguidos en dos casos, tanto si es una víctima de violencia de género o presenta un grado de discapacidad del 33 % o mayor.
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