El incremento del 15% del Ingreso Mínimo Vital también forma parte del plan anticrisis aprobado ayer por el Gobierno de España en un nuevo intento por combatir la alta tasa de inflación a nivel global, que se hace notable en los bolsillos de los colectivos más vulnerables. Por lo que la subida del IMV se mantendrá hasta el 31 de diciembre de 2022.
Hay que recordar que en un primer momento, la medida extraordinaria adoptada por el Ejecutivo tenía pronta fecha de caducidad. Para ser más exactos, hasta finales de este mes de junio. Además, cabe señalar que también se ha impulsado la creación de una nueva ayuda directa de 200 euros para las familias con ingresos inferiores a los 14.000 euros.
No obstante, aún no se conoce si será compatible con el IMV. Habrá que esperar a que se publique el decreto anticrisis en el BOE. En resumen, los perceptores de esta prestación no contributiva continuarán recibiendo la cuantía extra, en función del número de personas convientes en el nucleo familiar, hasta finales de año.
Cuándo se cobra el IMV en junio
Desde la Seguridad Social, organismo público que gestiona esta ayuda, explican que el IMV se suele ingresar el último día hábil del mes que corresponda. Por tanto, los beneficiarios lo cobrararán el próximo jueves, 30 de junio.
No obstante, existen entidades bancarias que adelantan el pago de la prestación. Son los siguientes:
- Caixabank
- Banco Santander
- BBVA
- Abanca
- Deutche Bank
- Bankinter
- Unicaja
- Banco Sabadell
- Liberbank
- ING
- Cajasur
- Kutxabank
Cómo cobrar el complemento a la infancia si no se tiene derecho al IMV
Desde la Seguridad Social explican que se puede cobrar el complemento a la infancia, que oscila entre los 50 a los 100 euros, por hijo menor a cargo incluso cuando no se tiene derecho a percibir el Ingreso Mínimo Vital.
Se trata de una de las novedades más importantes de 2021 y tiene como objetivo conseguir una mayor cobertura para las familias con hijos que se encuentren en una situación de vulnerabilidad económica.
Cuantías
- A los menores de tres años, les corresponden 100 euros al mes.
- A los mayores de tres años y menores de seis, les corresponden 70 euros al mes.
- A los mayores de seis y menores de 18, les corresponderán 50 euros mensuales.
La solicitud se puede realizar por dos vías, como se explica en la Revista de la Seguridad Social:
- Rellenando el formulario online de solicitud del IMV. Se puede obtener sin necesidad de tener certificado digital o Cl@ve.
- Rellenando el modelo de solicitud del IMV, también disponible en la Sede Electrónica de la Seguridad Social.
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