En múltiples ocasiones, los trabajadores desempleados que cobran una prestación por desempleo o un subsidio por desempleo del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) pueden compatibilizar estas ayudas con la realización de un trabajo. Pero no solo las de este organismo. Las prestaciones de la Seguridad Social también pueden cobrarse, siempre que se cumplan con una serie de requisitos.
Por regla general, las cuantías a recibir por prestaciones, tanto contributivas como no, no suelen ser muy altas. Todo depende de la situación de cada persona, por ejemplo, los subsidios por desempleo solamente reciben la cuantía de 463,21 euros mensuales. Por tanto, hay trabajadores que se plantean si pueden trabajar mientras se cobra el subsidio hasta conseguir un trabajo digno que les permita ser autosuficientes.
¿Cuáles son las prestaciones y subsidios que se pueden compatibilizar con un trabajo?
Ante el aluvión de dudas, el SEPE se ha visto obligado a informar a través de su plataforma web de cuáles son las prestaciones y subsidios que se pueden seguir cobran cuando se encuentra un nuevo empleo. A continuación, se detallan cuáles son estas situaciones específicas y qué es lo que se necesita cumplir para que no haya sanciones o multas imprevistas.
Cobrar la prestación por desempleo (paro) y un tiempo a tiempo parcial
Como norma general, no se permite que una persona trabaje mientras cobra el paro, sobre todo si es al mismo tiempo y en una jornada completa. Sin embargo, esto cambia cuando se encuentra un empleo a tiempo parcial. Aquí el SEPE sí permite esa compatibilidad con prestación y subsidio. Lo que ocurre es que esa cuantía se reducirá en la misma proporción de la jornada que se trabaje.
Cobrar el paro y hacerse autónomo
Cuando una persona decide emprender y se convierte en trabajador por cuenta propia, podrá compatibilizar el paro con la nueva actividad. Esto es posible porque los autónomos pueden pedir una capitalización del paro, es decir, recibir todo ese dinero que le va a proporcionar la administración pública de desempleo para crear su propia empresa.
Se puede dar en un pago único o cobrarlo parcialmente y el resto de la prestación cobrarla en mensualidades. Además, los autónomos que hayan cobrado el paro y quieran asociarse en una cooperativa de nueva creación, también se les permite la compatibilización, aunque no más de 270 días o si les queda menos tiempo de prestación por recibir por dicho periodo.
Cobrar el subsidio para mayores de 52 años y un empleo
Desde el Instituto de Trabajo (INEM SEPE), informan que las personas de 52 años o más, pueden cobrar un subsidio por desempleo hasta que alcancen la pensión de jubilación o hasta que encuentren un nuevo empleo. Sin embargo, hay una excepción en este caso. Los desempleados podrán compatibilizar la ayuda con un contrato a tiempo completo o temporal, siempre que dure más de tres meses.
Esto no es lo único a cumplir, las condiciones para percibir el subsidio no cambian. Se podrá trabajar y cobrarlo cuando las rentas no sean superiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), es decir, los 750 euros mensuales. Por lo que la carencia de rentas es imprescindible.
Cobrar una prestación por hijo a cargo del INSS mientras se trabaja
La ayuda por hijo a cargo de la Seguridad Social se trata de una prestación de carácter asistencial. Esta se destina a los progenitores por cada hijo menor o mayor de edad, siempre que este tenga una discapacidad igual o mayor al 65%.
Con ese grado de minusvalía, en muchos casos, ya son niños dependientes que necesitan de ayuda para realizar las actividades cotidianas de su vida. Por tanto, para que los padres puedan efectuar un empleo, se emite esta prestación.
Cobrar una incapacidad permanente y la prestación por desempleo
Dependiendo del grado de incapacidad permanente que tenga el beneficiario se va a poder trabajar o no. En el grado de absoluta o gran invalidez, es completamente incompatible. La cosa cambia cuando es en el grado total o parcial, ya que sí que se considera que se está capacitado para ejecutar una actividad laboral.
Desde el Servicio Público de Empleo Estatal se recoge que si no se trabaja en un mismo trabajo y no en el mismo, se deberán cotizar al menor 360 días para pedir el paro que se genera. Ese sí que será compatible con la pensión.
¿Qué otras compatibilidades hay con un empleo?
Además de las prestaciones y subsidios mencionados, también hay otro tipo de ayudas que entran dentro de las compatibilidades del paro o del subsidio y son las siguientes:
- Las pensiones de jubilación parcial y las pensiones o prestaciones de la Seguridad Social que sean a tiempo completo en el mismo empleo que originó la ayuda.
- Las pensiones que han sido reconocidas y abonadas por un Estado que no es el español.
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