Muchas personas que reciben una incapacidad permanente de la Seguridad Social desconocen que pueden llegar a cobrar más de 3.000 euros de pensión contributiva. Y es que aquellos pensionistas que deseen cobrarla deben saber que tiene que dar una situación específica previa para recibir la cuantía máxima contemplada por los Presupuestos Generales del Estado 2023.
Por primera vez en la historia de las pensiones, la cuantía más alta supera los 3.000 euros, concretamente, alcanzará los 3.058 euros mensuales. Todo esto es gracias a la primera pata de la reforma de las pensiones, donde el titular del Ministerio de la Seguridad Social, José Luis Escrivá, aprobó que la revalorización se revalorice conforme al IPC medio interanual del mes de noviembre. Así, la incapacidad permanente sube un 8,5% a partir de enero.
Esta pensión contributiva es facilitada a todos los trabajadores que sufran una enfermedad profesional o común; o un accidente laboral o profesional y que hayan cotizado durante el tiempo suficiente a la Seguridad Social para recibirla. Consiste en una aportación mensual para compensar la pérdida económica por tener que dejar de trabajar, en la mayoría de casos, aunque algunas modalidades permiten trabajar al mismo tiempo que se es pensionista.
Actualmente, la Seguridad Social contempla hasta cuatro modalidades de incapacidad: parcial, total, absoluta y de gran invalidez. Eso sí, aquellas personas que se convierten en pensionistas presentan un 33% de minusvalía, como mínimo. Pero, ¿Cómo pueden llegar a cobrar la pensión máxima?
Cómo cobrar la pensión máxima de incapacidad permanente en 2023
Para saber cuál es la pensión máxima a cobrar de incapacidad permanente, habrá que conocer primero cuál es el porcentaje de base reguladora que pertenece al pensionista en función de la modalidad que haya sido otorgada por el Equipo de Valoración de Incapacidades (EVI) de la Seguridad Social.
En la modalidad parcial, el importe corresponde con un pago único como resultado de multiplicar la base reguladora correspondiente por 24 mensualidades, mientras que la cosa cambia en la modalidad total. Esta última corresponde con un cobro mensual del 55% de la base reguladora.
Ese porcentaje asciende al 100% de la base reguladora cuando a las personas le haya sido asignada una incapacidad permanente absoluta. En el caso de estas últimas, cuando los pensionistas presentan un grado de discapacidad superior al 65%, pueden recibir el complemento de gran invalidez. El importe que puede solicitarse nunca debe ser inferior al 45% de la pensión que se perciba en ese momento sin el complemento.
Una vez entendido esto hay que explicar que la persona habrá tenido que cotizar por las bases más altas de cotización para alcanzar los 3.058 euros en cada mensualidad. Cuando tenga derecho a compatibilizar dos pensiones de incapacidad permanente, la cuantía máxima a recibir nunca podrá ser superior al esa.
Cuantías mínimas de la incapacidad permanente en 2023
Como en cada año, los Presupuesto Generales del Estado (PGE) confirman el porcentaje de cuánto suben las cuantías de la pensión por incapacidad permanente. Estas son las nuevas cuantías mínimas y ningún pensionista podrá cobrar por debajo de esta cantidad.
Incapacidad permanente por Gran Invalidez:
Con cónyuge a cargo: 1.449 euros al mes y 20.291 euros al año.
Sin cónyuge: 1.174 euros al mes y 16.444 euros al año.
Con cónyuge no a cargo: 1.115 euros al mes y 15.607 euros al año.
Incapacidad permanente absoluta o total de 65 años o más:
Con cónyuge a cargo: 965 euros mensuales y 13.519 euros al año.
Sin cónyuge: 783 euros mensuales y 10.962 euros al año.
Con cónyuge no a cargo: 743 euros mensuales y 10.405 euros al año.
Incapacidad permanente total de entre 60 y 64 años:
Con cónyuge a cargo: 906 euros al mes y 12.682 euros al año.
Sin cónyuge: 732 euros al mes y 10.256 euros al año.
Con cónyuge no a cargo: 692 euros al mes y 9.694 euros al año.
Pensiones de incapacidad permanente total derivada de enfermedad común en menores de 65 años:
Con cónyuge a cargo o sin cónyuge: 577 euros al mes y 8.081 euros al año.
Con cónyuge, pero no a cargo: 572 euros mensuales y 8.011 euros al año.
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