Existen muchas personas desempleadas que tras cobrar el paro reciben un subsidio por desempleo del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). Como es una ayuda asistencial dada mientras encuentran trabajo y necesitan aumentar sus rentas mensuales, la Seguridad Social les permitirá compatibilizar esa ayuda junto al Ingreso Mínimo Vital (IMV) al mismo tiempo. Aunque hay que tener en cuenta que, para recibir ambos pagos, hay que cumplir con un requisito específico.
Eso sí, no solo es obligatorio cumplir con esa condición específica para cobrar ambas prestaciones no contributivas al mismo tiempo. La persona beneficiaria tiene que acreditar que se cumplen con otras condiciones. Por un lado, con las establecidas por el SEPE para solicitar el subsidio por desempleo al que se tenga derecho. En caso de ser aprobado, será el momento de ver si se cumplen con los requisitos mínimos del Ingreso Mínimo Vital.
Cabe recordar que ambas ayudas subirán sus cuantías de cara al 2023. El subsidio por la subida del IPREM en un 3,6%, lo que hará que los beneficiarios reciban 480 euros mensuales en 12 pagas. El IMV podrá recibirse también en el mismo tiempo, aunque no corresponde a una cuantía fija como tal, sino a una renta garantizada en función de las mismas y la unidad familiar del solicitante. Aun así, subirá un 8,5% en la misma senda que lo hagan las pensiones.
El motivo por el que es posible compatibilizar el subsidio y el Ingreso Mínimo Vital
A pesar de los requisitos específicos para cada prestación, existe un motivo que el solicitante debe cumplir para cobrar el subsidio del SEPE y el IMV de la Seguridad Social a la vez. En esta ocasión hay que poner el foco en las condiciones de la administración pública de empleo porque para cobrar el subsidio, las rentas nunca pueden ser más del 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), es decir, 750 euros al mes. Es obligatorio demostrar una carencia de rentas.
Esto significa que, si un desempleado subsidiario solicita el IMV, pero le corresponde una cantidad económica mayor a ese límite de rentas, dejará de cobrar el subsidio. Además, en cuanto el desempleado alcance los 65 años, dejará de recibir las dos por entenderse que ya podría acogerse a una pensión de jubilación.
Cuándo puede un desempleado cobrar ambas ayudas al mismo tiempo
El Ingreso Mínimo Vital es compatible con el cobro de los subsidios por desempleo, pero no en todos los casos se pagarán las mismas cuantías. La Seguridad Social deberá analizar cada caso concreto para ver a qué cantidad puede tenerse derecho en función de los ingresos y patrimonio del solicitante y su unidad de convivencia.
En este tipo de prestación de la Seguridad Social no todas las personas cobran lo mismo. Esa renta garantizada no es la misma en todos los casos, varía en función de la unidad de convivencia y de sus ingresos. Existen 14 niveles diferentes de ayuda que van desde los 491 euros al mes para aquellos que la solicitan a título individual hasta los 1.081,59 euros mensuales para las unidades de convivencia formadas por más menores.
En cada uno de los casos anteriores, se calcularán los ingresos que tiene el solicitante y su unidad familiar. Dentro de esos ingresos estará el importe del subsidio por desempleo, que se descontará de la ayuda total que garantiza el ingreso mínimo. A continuación se explicará con varios ejemplos.
En el caso de una unidad de convivencia formada por un hijo, un padre y una madre, es decir, dos adultos y un menor, la cantidad garantizada del IMV es de 751 euros al mes. Si uno de ellos está cobrando un subsidio por desempleo, el importe que podría recibir de esta ayuda no contributiva sería de 388 euros mensuales.
En el mismo ejemplo anterior, si ambos progenitores cobraran cada uno un subsidio por desempleo de 463,21 euros (cuantía en 2022), entre los dos suman 926 euros de ingresos para la unidad familiar. Ya en este caso no se tendría derecho al IMV al superar el tope de rentas para dos adultos y un menor, que la normativa fija en 751 euros al mes para esa unidad familiar.
Hay muchos trabajadores que no cobran los subsidios al 100%, sino que lo reciben de forma parcial, por ejemplo al 50% porque su último contrato fue a media jornada. En estos casos, incluso aunque el solicitante sea un adulto solo, le interesa pedir la ayuda de la Seguridad Social porque algo le complementará, aunque no sea una gran cuantía.
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