Confirmado. La Ayuda de 200 euros aprobada por el Gobierno de España para personas con bajos ingresos se podrá solicitar a partir de hoy viernes, 8 de julio, con la ayuda del formulario electrónico de la Sede de la Agencia Tributaria (AEAT). Estará disponible hasta el próximo 31 de septiembre de 2022.
Así lo ha anunciado hoy la ministra de Hacienda y Función Pública, María Jesús Montero, que también ha subrayado que “se empezará a pagar a partir de septiembre para que 2,7 millones de personas puedan recibir una ayuda imprescindible para transitar la situación provocada por la guerra”.
Cabe recordar que el bono forma parte del último paquete de medidas anticrisis adoptadas por el Ejecutivo para hacer frente al impacto económico de la invasión rusa en Ucrania. Esta subvención está dirigida para las personas físicas de bajo nivel de ingresos y patrimonio, que sean asalariados, autónomos o desempleados que cumplan con estos requisitos. Se abonará mediante una transferencia bancaria en un pago único de 200 euros desde septiembre hasta diciembre.
Cómo solicitar la Ayuda de 200 euros del Gobierno
La ayuda se podrá solicitar a partir de hoy a través del formulario electrónico disponible en la Sede Electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria. Para la presentación de la solicitud es necesario disponer de Cl@ve o certificado electrónico (incluido DNI-e).
Para la solicitud de estas ayudas se debe consignar el NIF del solicitante y de las personas que convivan en el mismo domicilio y una cuenta bancaria titularidad del solicitante en la que desea que se realice el abono de la ayuda. No es obligatorio consignar el NIF de menores de 14 años que no dispongan del mismo.
¿Tengo que aportar alguna documentación?
No, no hay que aportar ninguna documentación. La Seguridad Social y otros organismos públicos remitirán a la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) la información necesaria para verificar el cumplimiento de los requisitos necesarios.
¿Quién puede solicitar la Ayuda de 200 euros?
El artículo 31 del Real Decreto-ley 11/2022, de 25 junio, publicado en el BOE, informa que los beneficiarios de la ayuda de 200 euros serán las siguientes personas físicas:
- Quienes tengan residencia legal y efectiva en España y la hayan tenido de forma continuada e ininterrumpida durante el año inmediato anterior.
- Aquellos que en la fecha de 27 de junio de 2022 realicen una actividad por cuenta propia o ajena (autónomos y trabajadores por cuenta ajena) por la cual estén dados de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o mutualidad.
- Los desempleados inscritos en la oficina de empleo, sean beneficiarios o no de la prestación o subsidio por desempleo, siempre que en 2021 hubieran percibido ingresos inferiores a 14.000 euros anuales, y tuvieran un patrimonio inferior a 43.196,40 euros anuales.
El cómputo de ingresos y de patrimonio se efectuará de manera conjunta, considerando todas las personas que residan con el beneficiario en un mismo domicilio a fecha 1 de enero del 2022 y estén unidos entre sí por matrimonio o análoga relación de afectividad a la conyugal con al menos dos años de antelación.
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