El Gobierno de España, a través del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, ha establecido una serie de ayudas familiares que están disponibles durante este año 2021 en el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). Se trata de unas subvenciones que tienen dos tipos de carácter, por un lado, económico, y, por otro, social, a través de la prestación de servicios gratuitos para aquellas personas que cumplan los requisitos.
Para poder acceder a cada una de ellas, las familias deben cumplir una serie de requisitos específicos que irán con la respectiva ayuda que se quiere solicitar. Además, también se detallan las cantidades económicas que corresponden a cada una de ellas, así como el tiempo en el que se prolongan para poder recibirlas.
Todo este tipo de programas de ayudas tanto económicos como a través de servicios que se han puesto en marcha desde la cartera que dirige Ione Belarra tienen como gran objetivo solventar y aliviar las dificultades que puedan estar sufriendo las familias. Todo ello se ha acentuado tras la llegada de la crisis del Covid-19 el pasado año.
Guía de ayudas familiares
El Gobierno ha elaborado una serie de ayudas que están disponibles a través de una guía que se va a detallar a continuación, en la que van a reflejar estas prestaciones que están disponible hasta final de este año 2021. Ya sea porque aún sigue abierto el plazo de solicitud o porque está próximo a abrirse.
Prestaciones económicas por nacimiento o adopción de hijos
Se trata de una prestación económica que se concede desde la Seguridad Social. Con ella, se pretende aliviar y solventar a las familias vulnerables y que se encuentren en una situación de necesidad o que tengan un mayor número de gastos a consecuencia de tener un hijo. Todo ello siempre y cuando no puedan afrontar este tipo de gastos nuevos que se han generado.
Esta primera ayuda en la que se detiene el Gobierno de España se divide, a su vez, en dos subgrupos familiares a los que va dirigida, como son:
- El parto o adopción múltiples: Se da cuando el número de hijos que nacen o se adoptan es dos o más.
- El nacimiento o adopción en familias numerosas, monoparentales o con padres con discapacidad: En relación al grado de incapacidad, debe ser igual o mayor a un 65%.
Requisitos
A la hora de cumplir los requisitos para poder solicitar este tipo de ayuda, se debe tener en cuenta que no son los padres los únicos que deben cumplir una serie de condiciones para obtenerla. Sino que los hijos recién nacidos o adoptados también tienen que cumplir con una normativa. Estas condiciones son:
-
Para los padres:
- Tener residencia en España.
- No tener derecho a otras prestaciones que sean iguales a esta.
-
Para los hijos:
- Vivir dentro de la unidad familiar.
- Depende de los padres económicamente.
Si se cumplen estos cuatro requisitos es el momento de solicitarla, para ello, se puede puede hacer de dos maneras, ya sea presencial en una de las oficinas del Instituto Nacional de la Seguridad Social o de manera telemática en la sede electrónica de la Seguridad Social. Para ello, será necesario acudir con toda la documentación necesaria como es:
- DNI del solicitante y el de los hijos o NIE (en caso de los extranjeros).
- Certificado de empadronamiento.
- Libro de familia.
- Justificante de ingresos.
Cuantía
La cantidad económica que corresponde a esta primera ayuda es de 1.000 euros, que, además, se abonan en un único pago. Por lo que la persona que resulte beneficiaria de la prestación recibirá un ingreso por parte del INSS en que se detallará dicha cantidad económica a recibir.
Cómo se solicita
Para poder presentarlo, lo primero que se debe hacer es rellenar el formulario de solicitud. Si el interesado desea hacer la gestión de manera presencial, debe acudir a una de las oficinas del INSS, siempre habiendo solicitado una cita previa. Si por el contrario se desea realizar de manera telemática, tendrá que seguir los siguientes pasos:
- Ir a la sede electrónica del Instituto Nacional de la Seguridad Social.
- Entrar en el apartado ‘Familia’, dentro de ‘Ciudadanos’.
- Clicar en la opción ‘Nacimiento y cuidado de menos’. Una vez ahí, se rellenará un breve formulario y, en la parte final, se añadirán los documentos que exigen, como la solicitud descargada y la documentación obligatoria.
Una vez presentado, la Seguridad Social puede disponer de un tiempo límite de 45 días para notificar si la solicitud ha sido aprobada o denegada al solicitante.
Asignación económica por menor a cargo
Otra de las ayudas que ofrece el Gobierno de España mediante el ministerio de Servicios Sociales es la destinada a la asignación económica por menor a cargo. Ésta se entrega con el mismo objetivo que la anterior prestación. Solo que en este caso, está destinado a aquellas familias que tengan en él ocurra uno de los supuestos siguientes:
- Tener un hijo menor de 18 años pero con un grado de discapacidad del 33%, como mínimo.
- Tener un hijo mayo de 18 años pero que, como mínimo, tenga un grado de discapacidad del 66%.
Requisitos
En cuanto a los requisitos, la persona que solicite esta ayuda debe ser residente en España, y no puede ser beneficiaria de ninguna prestación de la misma naturaleza que ésta que se pide a la Seguridad Social. Por su parte, también existen otros requisitos más específicos que son únicos para esta ayuda, que son:
- El hijo debe vivir con la persona solicitante.
- El hijo debe depender económicamente del solicitante.
Cuantía
En este caso existen dos cantidades distintas que se podrán ingresar, dependiendo de la edad de la edad del hijo que se tenga a cargo. Esto significa que, si es menor a los 18 años, son un total de 1.000 euros al año, mientras que, si el hijo es mayor de edad presenta dos cantidades económicas diferentes:
- Mayor de edad y discapacidad igual o superior al 65%: 4.790,40 euros al año.
- Mayor de edad y discapacidad igual o superior al 75%: 7.185,60 euros anuales.
Cómo solicitarlo
Lo primero que hay que hacer para poder solicitar esta ayuda, es descargar el formulario de solicitud y rellenarlo correctamente con los datos que se piden. Una vez se ha completado, se deben seguir los mismos pasos que en la ayuda anterior. Se recomienda hacerlo de manera telemática para evitar posibles aglomeraciones así que se podrá entregar de la siguiente manera:
- Entrar en la sede electrónica de la Seguridad Social.
- Escoger en el apartado ‘Familia’, dentro de ‘Ciudadanos’.
- Clicar en la opción ‘Nacimiento y cuidado de menos’. En el final de la web, una vez se rellenen los datos que se exigen, se añadirán los documentos que exigen, como la solicitud descargada y la documentación obligatoria.
Tras enviar toda la documentación y el formulario, la Seguridad Social tiene un tiempo límite de 45 días para notificar si la solicitud ha sido aprobada o denegada al solicitante.
Ingreso Mínimo Vital
El tercer subsidio al que una unidad familiar puede tener acceso es el Ingreso Mínimo Vital (IMV). En este caso está destinada a combatir el riesgo de pobreza y exclusión social de aquellas personas y familias que se encuentren en una situación de vulnerabilidad. Esta ayuda se puso en marcha tras el inicio de la pandemia, debido a que eran muchas las personas que estaban sufriendo dicha pobreza.
Requisitos
A la hora de poder solicitarlo o no, la persona solicitante tiene que cumplir específicamente todos los requisitos que se detallan a continuación. Además, es importante apuntar que, en caso de no cumplir alguno en cualquier momento mientras que se está cobrando, el INSS puede retirar la prestación. Estos requisitos son:
- Tener residencia en España.
- Carecer de rentas e ingresos suficientes. Es decir, ingresar, al menos, 10 euros menos que la cantidad establecida del IMV.
- Haber solicitado las pensiones y prestaciones vigentes.
Cuantía y cómo se solicita
En este caso tampoco se trata de una cantidad económica fija que se cobra por tener a menores a cargo, sino que, dependiendo de cuántas personas formen parte de la unidad familiar, se cobrará una cantidad u otra. Esto quiere decir que, en el caso de que haya uno o más menores a cargo, se podrá percibir una cantidad menor o mayor.
Por otro lado, para poder solicitarla también habrá que dirigirse a la sede electrónica del Instituto Nacional de la Seguridad Social, pero antes, se deberá descargar este documento, el cual se deberá completar con los datos que se solicitan. Una vez se complete, se podrá solicitar a través de la web del INSS, en el apartado exclusivo para solicitar el IMV.
En el caso de que se quiera consultar ambos datos, tanto de cuándo se trata la cantidad como de cómo se tiene que solicitar la ayuda, se puede visitar el artículo específico en el que se muestra una guía sobre el Ingreso Mínimo Vital: requisitos cuantías y cómo solicitarlo al INSS.
Ayudas en materia de empleo
A esta ayuda también se le conoce como el ‘subsidio por ayuda familiar a desempleados’, es el correspondiente a cuando el desempleado ha agotado el paro y aún no ha encontrado trabajo. A pesar de que va destinada a todos los desempleados, las familias tienen un grupo especial dentro de esta ayuda económica.
Cuantía, requisitos y cómo solicitarla
La cantidad económica que se recibe en este subsidio es de 451,92 euros de manera mensual, y tiene un tiempo máximo de 30 meses para poder cobrarlo. Este tiempo límite depende de una serie de factores.
Para conocer cuáles son los factores de los que depende, así como los requisitos específicos que se deben cumplir para poder acceder a esta ayuda y cómo se debe solicitar, se puede ampliar información a través del artículo sobre el subsidio por ayuda familiar para desempleados.
Ayudas sociales a familias monoparentales y numerosas
Otro de los apartados en los que hay que detenerse es en las prestaciones a las familias que son monoparentales y numerosas. En este caso, existen beneficios comunes para las dos, pero también hay algunos beneficios que son exclusivos dependiendo del tipo de familia que la solicite.
Beneficio común:
Entre la gran cantidad de beneficios de los que se pueden aprovechar las familias monoparentales y numerosas, existe uno de ellos en el que es común, es decir, pueden solicitarlo ambos tipos de familias. Esta única ayuda que existe en común es:
- Rebaja del 45% de la cuota del Instituto Nacional de la Seguridad Social si se contrata un cuidador que esté al servicio de la familia.
Esto tiene una condición especial, y es que los familiares ascendientes, es decir, los padres, deben tener un trabajo que sea fuera de la casa y, por lo tanto, no puedan llevar a cabo las tareas del hogar.
Beneficios de las familias numerosas
Ya de manera más específica, sí que existen ayudas concretas para las familias numerosas y también para las monoparentales. Comenzando por las primeras, los beneficios a los que éstas se pueden acoger son:
- Se reduce el IRPF en los contribuyentes que tengan un descendiente o ascendiente con discapacidad.
- Recibir el cobro del bono por ser familia numerosa antes de tiempo.
- Se aumenta el periodo de cotización y el de reserva el empleo en caso de que se incremente el tiempo de baja maternal.
- Tendrán preferencia a la hora de solicitar y obtener becas y ayudas al estudio.
- Podrán recibir un subsidio en caso de tener un hijo con necesidades educativas especiales.
- Disfrutarán de descuentos de entre el 20% y el 50% en transportes por carretera, trenes y barcos.
- Tienen una rebaja en las tarifas aéreas en España de entre el 5% y el 10%.
- También tendrán preferencia a la hora de acceder a las actividades que se organicen desde el IMSERSO.
- Recibirán ayudas financieras en materia de vivienda, sobre todo para poder entrar a viviendas protegidas por el Estado.
- Podrán recibir un bono social como ayuda para pagar la tarifa eléctrica con un descuento del 25% sobre la factura final.
- No tendrán que pagar por la renovación del DNI ni del pasaporte.
Beneficios de las familias monoparentales
Por otro lado también se encuentran las ayudas específicas a las que tienen acceso las familias que sean monoparentales. En este caso destaca la obtención de pensiones y el acceso a subsidios que ofrece el Instituto Nacional de la Seguridad Social, como son:
- Pensión de viudedad.
- Prestación temporal de viudedad: Es la ayuda que recibirá el cónyuge superviviente siempre y cuando no se haya acreditado un matrimonio ni existan hijos en común. Cuenta con una duración de 2 años y se cobra lo mismo que con la pensión de viudedad.
- Pensión de orfandad.
- Prestación por nacimiento o adopción de un hijo: Se trata del primer punto que se ha explicado en este artículo.
- Incremento de la duración del subsidio por maternidad no contributivo
- Ingreso Mínimo Vital.
Prestaciones sociales del sistema público de servicios a las familias
El siguiente punto en el que hay que detenerse es en las ayudas sociales que desde la Seguridad Social se están destinando a las familias en cuestión de servicios, no como un dinero. En este apartado, hay que distinguir hasta cuatro tipos de ayudas para aquellas familias que se encuentren en un riesgo extremo de pobreza y exclusión social. Estos servicios que se ofrecen desde el ministerio son:
- Información y orientación a las familias: Se podrán beneficiar de ella todas las familias que necesiten conocer sus derechos y los recursos a los que pueden tener acceso.
- Ayuda a domicilio y apoyo a la unidad de convivencia: Está enfocado a aquellas familias que soliciten cualquier tipo de atención personal. Aquí está comprendida la atención psicológica, educativa o educativa entre otras.
- Alojamiento alternativo: En este caso las familias pueden optar a una vivienda temporal, siempre y cuando no tengan hogar o tengas dificultades en su propia casa.
- Prevención e inclusión social: A través de las Rentas Mínimas, la Seguridad Social trata de reinsertar a las familias que están en riesgo extremo de exclusión social.
Ayuda a familias con personas en situación de dependencia
Desde el ministerio que dirige Ione Belarra también se han establecido una serie de ayudas sociales que están destinadas a las familias que cuentan con personas en situación de dependencia. A través de este tipo servicio que se ha detallado específicamente para las personas que sufran algún grado de incapacidad permanente, ya sea parcial, total, absoluta o de gran invalidez, pueden recibir estas ayudas por parte de la administración. Como son:
- Prevención de las situaciones de dependencia.
- Fomento de la autonomía personal.
- Teleasistencia.
- Ayuda a domicilio.
- Centro de día y de noche.
- Atención residencial.
- Asistencia personal: En este último caso, la Seguridad Social pagará una prestación de entre 300 euros y 715,07 euros al mes, todo ello dependiendo del grado de discapacidad y dependencia, así como de la capacidad económica del solicitante.
Servicio para el cuidado de los niños menores de 3 años
También se encuentran disponibles dentro de estas ayudas los servicios para los cuidados de los niños menores a los 3 años para las familias. Este tipo de ayudas sociales, que se realizan a través de servicios, se pueden dividir en seis tipos distintos, estando todos destinados al desarrollo de los pequeños y la ayuda de las familias. Estos servicios son:
- Escuelas infantiles: Se trata de un programa educativo que se lleva a cabo de lunes a viernes, teniendo un horario prolongado. Todo ello con el objetivo de poder ayudar a las familias a poder compaginar el horario y la vida familiar.
- Casas de niños: Esta ayuda consiste en un pequeño complemento de horario para las familias. El horario es menor al de las escuelas infantiles, pero también se realiza de lunes a viernes. Además, también se ayuda a las familias a través de la educación de sus hijos.
- Ludotecas: Está dirigido al tiempo libre de los hijos. Este servicio ofrece a las familias diferentes juegos para utilizarlos con el fin de desarrollar las competencias educativas y fomentar el ocio entre los más pequeños.
- Apoyo educativo en el ámbito rural: Se trata de un servicio que consiste en el asesoramiento a las familias en relación a la educación de sus hijos en los pueblos del interior de toda España.
- Centro de encuentro para niños y mayores: El objetivo principal es que las familias tengan un lugar de juego, relación y encuentro. Todo ello para fomentar la reinserción social y eliminar el riesgo de exclusión que se pueda dar.
- Apoyo directo a las familias: En este tipo de “escuelas”, se ayuda a los padres a ampliar sus conocimientos sobre los recursos de los que hacer uso si tienen menores de 3 años a su cargo.
Becas y ayudas al estudio
Pero desde el Gobierno de España se pretende ir más allá. Otra de las ayudas a las que pueden acceder las familias son las becas al estudio, este tipo de prestaciones las ofrece el ministerio de Educación y existen dos tipos de becas diferentes.
- Beca de matrícula.
- Beca básica.
Para poder acceder a una de ellas se deben cumplir una serie de requisitos por parte de los estudiantes y también de sus familias, como son:
- No tener un título del mismo nivel o superior al de los estudios por los que se solicita la beca. Por ejemplo, si una persona tiene un grado universitario, no puede pedir una beca para cursar otro.
- Estar matriculado en la enseñanza que le corresponde.
- No superar unos límites económicos que se detallan en función de la beca que se quiera solicitar.
- Aprobar las asignaturas que correspondan al tipo de estudios que se cursan.
¿Cómo se solicitan?
Para poder solicitar la beca que interese a cada persona, debe entrar en la web del ministerio de Educación, en la parte correspondiente a las becas y ayudas al estudio. En ese apartado, se podrán encontrar las diferentes becas para todos los ciclos educativos, desde infantil hasta enseñanzas específicas como los idiomas, educación deportiva o estudios religiosos.
Es importante destacar que, actualmente, todas las becas se encuentran en un plazo de inscripción abierto. Por lo que las familias interesadas pueden acceder a solicitarlas a través de los siguientes enlaces para cada una de las enseñanzas.
- Infantil.
- Primaria y Secundaria.
- Bachillerato.
- Formación Profesional.
- Universidad.
- Enseñanzas artísticas.
- Enseñanzas deportivas.
- Idiomas.
- Estudios religiosos.
Para poder solicitarla se debe clicar en la opción que le interese a la persona solicitante, una vez ahí, dirigirse a la sección ‘Acceso al servicio online’. Será necesario identificarse, pudiendo hacerlo a través de Cl@ve o con el usuario y la contraseña de la sede electrónica. Una vez dentro, deberá rellenar el formulario de solicitud con todos los datos que le piden y, al final, enviarlo y guardar una copia.
Turismo familiar
Por último, también hay que destacar las ayudas que tienen que ver con el ocio, y, más concretamente, con el apoyo y fomento del turismo por parte de las familias. Desde el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo se lleva a cabo el “sello de turismo familiar”, que consiste en una garantía para aquellos establecimientos que se dediquen al ocio y sean especializados para acoger a las familias.
Todo ello a través de ofrecer un servicio específico que, a modo general, suelen escoger la gran mayoría de familias, ofertando una experiencia más adecuada para este tipo de público. Los destinos que tienen este distintivo están repartidos por toda España, más concretamente son:
- Toledo
- Cuenca
- Peñíscola (Castellón)
- Alcalá-Alcassebre (Castellón)
- Las Palmas de Gran Canaria
- Mojácar (Almería)
- Vera (Almería)
- Lubrín (Almería)
- Ibiza
- Cala Millor (Mallorca)
- Comarca La Hoya de Huesca
- Comarca Guara Somontano (Huesca)
- Tarragona
- Castelldefels (Barcelona)
- Segovia
- Salamanca
- Palencia
Por último, también se ofrece una tarifa especial en caso de querer realizar los viajes a través de RENFE. Ya que cuenta con diferentes descuentos de los que se pueden aprovechar las familias, como la tarifa niño, tarifa 4 mesa, familia numerosa o la tarjeta dorada entre otros.
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