El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado la base de la convocatoria de ayudas económicas para opositar. En este primer documento, a la espera de que aparezca la convocatoria oficial de los dos procesos selectivos, se deja claro quiénes tiene derecho a cobrar este dinero en concepto de ayuda a la preparación de oposiciones y a qué sanciones se enfrenta en caso de 'mentir' a la hora de presentar la solicitud. Los beneficiarios son los estudiantes que se van a presentar para trabajar como funcionario al cuerpo de Inspectores de Trabajo y Seguridad Social y Subinspectores Laborales.
Ambas oposiciones son por turno libre y las becas pertenecen al programa elaborado por el Ministerio de Trabajo y Economía Social de Yolanda Díaz, que las presenta por medio del Organismo Estatal de Inspección de Trabajo y Seguridad Social. Como queda reflejado, la cuantía de esta beca dependerá de cada convocatoria y se realizará un pago único. Esta nueva convocatoria forma parte de una tendencia cada vez mayor por parte del Gobierno, de conceder becas de ayuda al estudio de oposiciones.
“La cuantía de la beca, así como el número total de las ofertadas, serán las que se determinen en cada convocatoria, dentro de las disponibilidades presupuestarias”, marca el documento oficial. Señala que podrá ser renovada en dos ocasiones aunque los solicitantes deben mantener los mismos requisitos que tenían en el momento de solicitarla.
¿Quiénes van a cobrar la ayuda para las oposiciones?
Los requisitos que dicta el BOE deberán cumplirse todos tanto en el momento de la solicitud de la beca como en el caso de que se decida renovarla. Recordar que estas ayudas son para las personas que preparen la oposición libre al Cuerpo Superior de Inspectores de Trabajo y Seguridad Social y Subinspectores Laborales.
- Reunir los requisitos exigidos en la última convocatoria de acceso a alguno de estos dos puestos de trabajo.
- No estar cobrando ayudas o subvenciones para el mismo objeto por parte de otras entidades públicas y privadas.
- Contar con la dirección de un centro especializado, preparador, para estudiar las oposiciones. En el caso de que vaya a una academia, se considerará ‘centro especializado’ al que se dedique de manera pública a la preparación de oposiciones a las que están dirigidas estas becas. No deben ser familiares de primer grado.
- Acreditar la concurrencia de su situación socioeconómica y académica. Además, tendrá que demostrar que se cumplen todos los requisitos de la convocatoria.
El Ministerio de Trabajo y Economía Social por medio del BOE también explica que aquellas personas que consigan cobrar la ayuda tendrán una serie de obligaciones que deben mantener y justificar. Entre ellas, la de estar preparando las oposiciones, y consentir que se realicen las actuaciones de comprobación precisas para verificarlo.
También deben estar al corriente del pago de sus obligaciones con Hacienda y la Seguridad Social, comunicando al órgano competente en el caso de que se esté cobrando cualquier otra ayuda. Tendrá que guardar todos los documentos que justifiquen el cobro de estos fondos.
Cómo conseguir preferencia para cobrar esta beca del Gobierno
En el artículo 4 del BOE del 23 de septiembre aparecen los criterios de valoración para la concesión de estas becas. Así, los candidatos sumarán puntos y serán estos los que les darán preferencia y les harán colocarse en los puestos más altos.
De este modo, se tendrá en cuenta la menor renta familiar, las situaciones especiales de violencia de género o terrorismo, superación de ejercicios de la última convocatoria de estos procesos selectivos, condición de beneficiario de esta beca en otras ocasiones o circunstancias personales, familiares y sociales que serán valoradas por el tribunal.
Este también tendrá en cuenta el expediente académico y en los casos en los que haya un empate, el criterio que prevalece es el de menor renta familiar.
Plazo para pedir la beca para preparar oposiciones
El plazo de solicitud de esta ayuda económica para opositores depende del momento en que se publique la convocatoria. Aún así, en el BOE queda claro que todas las solicitudes tendrán que entregarse usando el Registro Electrónico.
Cuando no se cumplan los requisitos, el candidato tendrá 10 días hábiles para presentar la documentación de nuevo y en caso de que no lo haga se desistirá de su solicitud.
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