El Gobierno aprueba el cambio en el régimen de contratación de trabajadores en seguridad industrial

Ya no es necesario que uno de los profesionales habilitados tenga que estar en plantilla a jornada completa.

La ministra Portavoz, Pilar Alegría, durante la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros |EFE
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El Consejo de Ministros ha aprobado el proyecto de real decreto para modificar una serie de normas que afectan al régimen de contratación de los profesionales habilitados en seguridad industrial. Es decir, mediante este real decreto se pretende modificar el modelo de contratación de trabajadores en seguridad industrial.

Con estas novedades se pretende adaptar los requisitos impuestos por los departamentos de recursos humanos de las empresas del sector en cuestión a los criterios indicados por la Comisión Europea.

Más concretamente, los criterios para los que se pretende modificar el régimen de contratación forman parte del dictamen de la Comisión Europea relativo al cumplimiento de la directiva 2006/123/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, relativa a los servicios en el mercado interior.

Antes uno de los profesionales tenía que estar en plantilla a jornada completa

Así se consigue el objetivo de suprimir el requisito de que al menos uno de los profesionales habilitados y los técnicos titulados competentes tengan que estar en plantilla de las empresas habilitadas a jornada completa o durante el horario que las empresas presenten sus servicios, siempre y cuando cuando estos sean requeridos por los distintos reglamentos de seguridad industrial.

Con este cambio, las empresas habilitadas podrán actuar en el marco de los distintos reglamentos de seguridad industrial.

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