Una empresa baja el sueldo a un trabajador un 75% y este les denuncia: tendrán que indemnizarle con 75.000 euros

La Justicia da la razón al directivo de una empresa petrolera al que redujeron el salario cuando fue destituido de su cargo.

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El Juzgado Laboral número dos de Cutral Co, en Argentina, ha condenado a una importante empresa petrolífera a indemnizar con más de 74.000 euros a un gerente al que apartaron de la cúpula directiva y bajaron el sueldo un 75%. Entonces, el empleado pensó que le habían despedido y el juez ha entendido esta reducción salarial como una “injuria suficiente” como para extinguir la relación laboral. 

Como informa el medio argentino LMLeuquen, el trabajador tenía dos puestos dentro de la empresa. Uno de ellos era de gerente y el otro, de presidente. Cuando le reemplazaron, con la entrada de la nueva directiva cambiaron sus condiciones laborales, siguió trabajando aunque con una bajada de sueldo. Cuando en mayo de 2023 preguntó por qué estaba cobrando menos, la empresa no le contestó y tampoco volvió a pagarle la misma nómina. Entonces interpuso una denuncia.

La compañía no presentó ninguna documentación que justificara este recorte y precisamente esto fue importante para la sentencia porque se basaron en un peritaje contable que dejó claro que no existían motivos para que el trabajador cobrase menos. 

El empleado quiso que el despido fuese indirecto y como la empresa no pudo rebatirlo, le dieron la razón y marcaron una importante indemnización de unos 75.000 euros. En Argentina, el despido indirecto ocurre cuando el trabajador da por finalizado el contrato por incumplimientos graves de la empresa como la bajada de sueldo, el impago de las nóminas o acoso laboral. No es despedido de manera directa sino que se considera extingido el contrato por la conducta del empleador.

Ahora, este tipo de despido tiene las indemnizaciones parecidas a las que podría tener un despido improcedente en España, y está respaldado por el artículo 242 de la Ley de Contrato de Trabajo argentina. 

Para adaptarlo al contexto español, habría que ir al artículo 50 del Estatuto de los Trabajadores, que habla de la extinción voluntaria por causa justificada, que da derecho a cobrar indemnización igual que el despido improcedente.

Qué dijo el juzgado de primera instancia 

El titular del Juzgado de lo Laboral número 2, Eduardo Richter, sentenció que la reducción del sueldo de manera unilateral fue una injuria grave al contrato de trabajo, de modo que se justifica el despido indirecto. La empresa no pudo presentar ninguna prueba que justificase esta decisión aunque el trabajador hubiera insistido varias veces. El juez señaló que el caso no era sólo una diferencia de pareceres entre los dos protagonistas sino estaba en contra de los derechos laborales del país.

“Los miembros de la directiva son y fueron trabajadores” e hizo hincapié en que la reducción salarial unilateral es una forma de “desprecio hacia los intereses del empleado”.

La empresa tendrá que pagar una indemnización de 75.000 euros

La sentencia es firme en primera instancia y obliga a la empresa a pagar una indemnización de más de 74.000 euros (unos 70 millones de pesos argentinos), en la que se incluyen conceptos como los salarios adeudados, indemnización por antigüedad, preaviso y daños derivados del despido indirecto. 

El tribunal reafirma la prohibición de alterar de manera unilateral las condiciones laborales pactadas, especialmente en lo que tiene que ver con la retribución económica, protegiendo los derechos de los trabajadores ante decisiones empresariales arbitrarias.

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